Miércoles 9 de abril de 2025, p. 12
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) perfila autorizar a gobiernos y servidores públicos promover el voto y la participación ciudadana de la elección judicial.
Toda promoción y difusión deberá ser imparcial y con carácter institucional, es decir, no debe dar pie a ningún tipo de propaganda personalizada o de proselitismo, ni mencionar a partido político o candidatura alguna, ya sea a favor o en contra de estas
, indica el proyecto de Felipe de la Mata, que será discutido y votado hoy en la sala superior del TEPJF.
Acota que los mensajes –tanto de las estructuras gubernamentales como de los Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial)– deben tener sólo fines de orientación social, informativos, didácticos, educativos
para mostrar cómo votar el 1º de junio, y sin mezclar actos proselitistas ni el uso de recursos públicos.
El proyecto de sentencia, si bien no anula todo el acuerdo con los criterios de equidad aprobados por el Instituto Nacional Electoral (INE) el pasado 29 de marzo, sí ordena eliminar algunos párrafos a partir de los cuales la mayoría de ocho consejeros consideró que el INE tenía exclusividad en cuanto a la promoción de esta elección extraordinaria.
En principio, el magistrado De la Mata –quien suele hacer mayoría con sus colegas Soto y Fuentes– expuso que el INE sí tiene atribuciones para emitir estos criterios, más porque la reforma judicial no previó reglas específicas en la materia.
Sin embargo, dijo que el instituto indebidamente
se adjudicó atribuciones exclusivas, pues a diferencia de elecciones anteriores, la judicial tiene una naturaleza totalmente distinta, principalmente porque los tres Poderes de la Unión intervinieron en la selección de candidaturas.
De igual forma, añadió, el artículo 134 constitucional no prohíbe a los entes públicos utilizar o restringir las herramientas de comunicación social que les corresponden por ley, por lo que lo estipulado por el INE va más allá de la interpretación literal y desvirtúa el 134 constitucional, al restringir indebidamente las atribuciones de comunicación social. En suma, el proyecto propone permitir a los Poderes de la Unión promover la elección judicial siempre que no influyan en la equidad de la misma.
En cuanto a las repercusiones, el proyecto de sentencia indica que los Poderes de la Unión podrán difundir la elección judicial federal (ministros, magistrados de circuito y jueces de distrito), pero no las contiendas locales y viceversa.
Recalca que en los mensajes no podrán mostrar los nombres o imágenes de los candidatos o cualquier referencia que las haga identificables. No podrán tener el logotipo de su emisor, salvo el INE.
Los servidores públicos sí podrán promover la elección judicial en sus redes sociales, mientras los legisladores lo podrán hacer en cualquier otro medio siempre y cuando no usen recursos públicos o emitan mensajes con sesgo o apoyo a determinado candidato.
El INE podrá celebrar convenios para llevar a cabo actividades de promoción o difusión en los espacios de otras autoridades.
Por otra parte, el proyecto avala el exhorto emitido por el INE a funcionarios públicos que son candidatos para que pidan licencia si la campaña se contrapone a sus tareas laborales. También confirma que no hay afectación ante la ausencia de foros de debate organizados por el INE.