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Tipifica Guanajuato violencia digital de género

Encinas: jovencitas, 25% de las personas que desaparecen en Puebla
La Jornada de Oriente y Corresponsal
Periódico La Jornada
Viernes 25 de noviembre de 2022, p. 30

Veinticinco por ciento de las personas desaparecidas en Puebla son mujeres de entre 15 y 19 años de edad. Este fenómeno está relacionado con la existencia de un corredor de trata de personas entre esta entidad y su vecina Tlaxcala, señaló el subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, Alejandro Encinas.

Hay una característica que se repite en muchas entidades, ya que 25 por ciento de las personas reportadas como desaparecidas o no localizadas son mujeres y la mayoría de ellas tienen entre 15 y 19 años, comentó.

Dijo que este patrón es recurrente en la zona metropolitana de Puebla y se busca evitar que el fenómeno crezca.

Otras desapariciones en el estado, reconoció, tienen que ver con el robo de combustible, que proliferó en Puebla durante el gobierno del extinto panista Rafael Moreno Valle (2011-2017).

Como ocurre en estados del norte del país, aseguró, en Puebla el crimen organizado tiene mucho que ver con la desaparición de personas, y ya se toman cartas en el asunto.

Señaló que en territorio poblano también operan bandas dedicadas al tráfico de personas.

Encinas Rodríguez acudió ayer a la ciudad de Puebla para poner en funcionamiento el Centro Nacional de Resguardos, que contiene archivos de la guerra sucia y que se encuentra en la Casa de la Reina de la Universidad Autónoma de Puebla.

El funcionario federal fue interrogado sobre la reducción de 21 por ciento al presupuesto de la Comisión de Búsqueda para el próximo año, a propuesta del gobierno del estado, a lo que respondió que la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador tiene previstos para Puebla 34 millones de pesos, suma que podría crecer hasta 100 millones, lo que dependerá de cómo se ejerzan los recursos.

El Congreso de Guanajuato reformó la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para incluir las agresiones mediáticas y por vía digital.

La fracción 15 del artículo 5 de la Ley tipifica esta conducta como la acción u omisión realizada a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la sumisión o explotación de mujeres, estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra mujeres, adolescentes y niñas, la cosificación de sus cuerpos, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, o contenidos que la injurien, difamen, discriminen, deshonren, humillen o atenten contra su autoestima, salud, integridad, dignidad, libertad o seguridad.

La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia señala que los tipos de violencia son sicológica, física, patrimonial, económica, sexual, laboral, docente, obstétrica, feminicida, política, por acoso, digital, institucional, simbólica y ahora mediática.