En 2013 concluyó el permiso administrativo temporal revocable (PATR) por 20 años mediante el cual se otorgaron los espacios del mercado de plantas, flores y hortalizas de Cuemanco, considerado el más grande de América Latina y el tercero del mundo, y desde entonces no se ha definido una figura jurídica acorde con las necesidades de la alcaldía de Xochimilco y los permisionarios.
El gobierno de la demarcación señaló que, en tanto se resuelve esa situación, corresponde a los locatarios realizar las gestiones administrativas para obtener el PATR ante la Dirección de Patrimonio Inmobiliario del gobierno capitalino.
Luego de la polémica que suscitó en 2019 la creación de un “comité de autodefensa” en dicho centro de comercio para contener los problemas de inseguridad, el Legislativo solicitó a los gobiernos central y de la alcaldía información sobre el estado jurídico del mercado ante la incertidumbre que los locatarios manifestaron también respecto de su situación legal, al haber expirado el PATR hace ocho años.
Decreto de expropiación
En su respuesta, la alcaldía explicó que el decreto presidencial de expropiación del ejido de la Ciénega Grande de Xochimilco se publicó el 21 de noviembre de 1989 en el Diario Oficial de la Federación, pero el mercado fue inaugurado el 5 de junio de 1993, ante la necesidad de impulsar la floricultura de la demarcación y como estrategia de planeación del desarrollo económico y turístico del entonces Distrito Federal para mil 800 permisionarios.
Con una extensión de 14 hectáreas y una superficie por local de 32 metros cuadrados que fueron otorgados mediante la figura de PATR, contemplado en la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, el 5 de junio de 1993 con vigencia de 20 años, se dio por cumplida en 2013.
“A este bien de dominio público se busca darle una forma o figura jurídica acorde con las necesidades actuales de la alcaldía, como de los posesionarios”, señala el oficio, y añade que sin menoscabo de los derechos de la Dirección de Patrimonio Inmobiliario del Gobierno de la Ciudad respecto del predio, en tanto no cambie la situación jurídica del mercado, para desarrollar sus actividades los locatarios deben apegarse a las normas de operación determinadas por la alcaldía y gestionar el PATR.