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Parado, proyecto para mantener edades de jubilación del Issste

El documento está en la Conamer desde el 2 de abril

 
Periódico La Jornada
Miércoles 9 de abril de 2025, p. 15

El proyecto de decreto de la Presidencia de la República que plantea congelar la edad mínima de retiro de trabajadores al servicio del Estado para dejarla en 58 años para los hombres y 56 para las mujeres, no ha recibido ningún comentario. El documento se encuentra en el periodo de consulta en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) desde el pasado 2 de abril.

El documento estipula que los recursos económicos necesarios para cubrir las jubilaciones que se podrán solicitar a partir de la entrada en vigor de la medida provendrán del presupuesto ordinario del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste).

Sin embargo, de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación, la asignación económica del organismo ya es insuficiente y lo ha sido desde hace años, de tal suerte que para cumplir con sus obligaciones de pago de pensiones y jubilaciones depende de las asignaciones extraordinarias que cada año recibe de la Federación.

Ahora se sumará la necesidad de cubrir los pagos de trabajadores que decidan jubilarse, ya que no tendrán que esperar a 2028, cuando llegarían a los 60 años de edad los hombres y a 58 las mujeres, como se determinó en la reforma a la Ley del Issste de 2007. En ese año también se crearon las cuentas individuales de pensiones para este sector.

Esa modificación legal puso en marcha el incremento progresivo de la edad de jubilación y terminó con el derecho que los empleados públicos tenían de retirarse con 30 años o más de servicio en el caso de los varones y 28 en el de las mujeres, cualquiera que fuese su edad.

El primero de enero de 2010 entró en vigor el esquema para quienes rechazaron los bonos de pensión del Issste, una especie de compensación para aquellos que aceptaran incorporarse al sistema de cuentas individuales.

El resto de los trabajadores, que fueron la mayoría, se acogieron al artículo décimo transitorio de la ley de 2007, el cual incluyó el calendario progresivo para tener derecho a la pensión por jubilación. Inició con edades mínimas de 51 y 49 años para hombres y mujeres, respectivamente, y aumentó cada dos años, para que en 2028 se ubicara en 60 y 58 años de edad.

A fin de atender los reclamos de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), el gobierno federal propone la emisión del decreto y en las consideraciones advierte que la decisión se apega a la recomendación 162 de la Organización Internacional del Trabajo, la cual plantea a los estados adoptar medidas para flexibilizar la edad para las prestaciones de vejez, de acuerdo con las actividades desempeñadas y la capacidad de las personas de edad avanzada, teniendo también en cuenta factores demográficos, económicos y sociales.

El proyecto de decreto agrega que al congelarse la edad mínima de jubilación, también se atienden “los principios pro persona y de progresividad de los derechos humanos” y se salvaguarda el derecho a una pensión por jubilación digna.