Miércoles 29 de mayo de 2024, p. 5
Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunciaron, con una mayoría de ocho votos a favor, por la validez de las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, con las que facultan a los proveedores de servicios en línea –por ejemplo, Facebook– a retirar, inhabilitar o suspender unilateralmente contenidos que se encuentran en sus sistemas cuando puedan constituir violaciones a los derechos de autor, obligaciones contractuales y otras normas.
En sesión del pleno de la SCJN se analizó la constitucionalidad de las reformas que en materia de derechos de autor aprobó en 2020 el Congreso de la Unión, en las cuales se pretende ajustar la normatividad mexicana a las obligaciones contraídas por nuestro país al celebrar el tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá.
Riesgo de arbitrariedades
Al presentar su proyecto, el ministro Javier Laynez Potisek propuso declarar inconstitucional dicha facultad, al estimar que puede generar arbitrariedades por parte de los proveedores de servicios en línea, en tanto que no existe claridad sobre cuáles son los motivos, razones o circunstancias que deben considerar para dar de baja una publicación por supuestamente violar derechos de autor.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció en contra del proyecto y por reconocer la validez de las disposiciones impugnadas, ya que el referido mecanismo para inhabilitar materiales digitales, además de buscar la protección de los derechos de autor, también tiene como finalidad impedir que se difundan contenidos que vayan en sentido contrario a los mandatos legales expresos, como lo pueden ser discursos de odio o pornografía infantil.
Asimismo, enfatizó que la facultad otorgada a los proveedores de servicios en línea está encaminada a evitar infracciones a las obligaciones que surgen de los contratos de adhesión que los usuarios aceptan al suscribirse a las plataformas.
Por la validez de las normas se pronunciaron los ministros Alberto Pérez Dayán, Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz Ahlf y Margarita Ríos Farjat, mientras Luis María Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Juan Luis González Alcántara Carrancá por que se invalidara todo el sistema, y la ministra Lenia Batres Guadarrama por la invalidez parcial de la norma.