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Derecho al olvido, exige un particular

La Corte discutirá la eliminación de datos personales de Internet

Empresario demandó a Google para que su nombre sea borrado tras una falsa acusación en EU

 
Periódico La Jornada
Martes 5 de noviembre de 2019, p. 10

Por primera vez la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá un juicio cuyo tema central es el del llamado derecho al olvido, que es el reclamo de algunas personas para que determinados datos personales, su situación jurídica o financiera sean excluidos de las bases de datos o motores de búsqueda de cualquiera página en Internet.

El caso que discutirá la Corte es el del empresario Pablo Agustín M, quien fue acusado falsamente por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos de colaborar con el narcotraficante colombiano Pedro Antonio Bermúdez Suaza, El Arquitecto.

La acusación fue difundida por la Oficina para el Control de Bienes Extranjeros el 15 de junio de 2010, mediante un comunicado que aún está visible en la página electrónica del Departamento del Tesoro.

Luego de casi dos años de juicios en cortes de aquel país, el empresario logró que fuera borrado de la lista de extranjeros implicados en operaciones sospechosas; sin embargo, su nombre aún aparece asociado con esta falsa acusación en las búsquedas dentro de la red.

Ante esa situación el empresario decidió demandar por la vía civil al gigante de Internet Google, al exigir que se borrara su nombre en referencia a la falsa acusación en el motor de búsqueda de la empresa.

En la demanda apeló a la ley en la materia y pidió la intervención del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), como tercero interesado.

Derecho humano

En primera instancia el quejoso ganó la demanda, aunque la decisión fue apelada de inmediato por Google, pero finalmente consiguió, mediante un recurso de reclamación, que la SCJN atrajera este caso y lo resuelva.

El fondo de este asunto es que se determine si, siendo la protección de datos personales un derecho humano, en consecuencia el prestador del servicio de motor de búsqueda en Internet es responsable del tratamiento que aplique a los datos de carácter personal que aparecen en las páginas publicadas por terceros.

El tribunal colegiado que conoció del caso, advirtió de su trascendencia teniendo en consideración que el ataque o transgresión a dichas prerrogativas es capaz de crear un estigma social que penetra no sólo en el individuo mismo, sino en su familia, núcleo laboral, círculo de amistades, así como en los diversos estratos de convivencia de la comunidad en la que se desenvuelve.

En 2017 llegó hasta la Suprema Corte otro caso similar entre un abogado y Google, pero al final la empresa se desistió y los ministros no entraron al fondo del tema del derecho al olvido.