La modificación prevé doble pago por salarios caídos que deben pagar los patrones en caso de juicios por despido injustificado
Miércoles 9 de octubre de 2019, p. 19
El Senado aprobó anoche en comisiones una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que duplica el pago por salarios caídos que deben pagar los patrones en caso de juicios por despido injustificado, así como el porcentaje de intereses por ese mismo concepto.
Con ello se echa abajo la reforma laboral de 2012, en la que se estableció el tope de 12 meses como pago por salarios caídos y el dos por ciento mensual capitalizable a ese ingreso, que, según destacó ayer el presidente de la Comisión de Trabajo, Napoleón Gómez Urrutia, fue un regalo para los empresarios
, de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto.
Recordó que la iniciativa la presentó Calderón un mes antes de dejar el gobierno y la aprobó Peña Nieto y es necesario echarla abajo, porque provocó el nefasto incentivo
a dilatar más los juicios por despido injustificado, sabiendo el patrón que no tendrá la obligación legal de pagar el total de salarios vencidos desde que despidió al trabajador y hasta la conclusión del juicio.
Derechos laborales e inversiones
La senadora del PRI Vanessa Rubio llamó a la reflexión, ya que –expresó– incrementar a 24 meses el pago por salarios caídos y a 4 por ciento los intereses mensuales, es un asunto de suma relevancia, ya que toca derechos laborales, pero también tiene que ver con la productividad, la competitividad y la certidumbre para los inversionistas.
No es un tema de competitividad, sino de justicia, ya que los juicios se alargan en forma indefinida por maniobras de los abogados laborales y en muchas ocasiones los trabajadores, que son las víctimas de los despidos, ni siquiera pueden conseguir otro empleo, ya que son boletinados
, resaltó el senador Gómez Urrutia, autor de la iniciativa.
El también dirigente del Sindicato Nacional Minero agregó que la reforma se aplicará sobre todo en los más de 500 mil juicios que están rezagados en las juntas de Conciliación y Arbitraje, ya que al entrar en vigor el nuevo sistema de justicia laboral, que deja la resolución de conflictos obrero-patronales en el Poder Judicial, los procedimientos se agilizarán.
Gómez Urrutia hizo notar que la iniciativa original planteaba regresar ese artículo 48 de la LFT a la redacción que tenía antes de la reforma de 2012, a fin de que no se estableciera ningún tope y el patrón estuviera obligado a pagar los salarios caídos por todo el tiempo que duración del juicio por despido injustificado.
Por mayoría se aprobó el dictamen que dejó ese monto en 24 meses como máximo.