DIRECTORA GENERAL CARMEN LIRA SAADE
   

DIRECTOR FUNDADOR CARLOS PAYAN VELVER
SUPLEMENTO MENSUAL  DIRECTOR: IVAN RESTREPO  
EDICIÓN: LAURA ANGULO   LUNES 27 DE MARZO 2006 
NUMERO ESPECIAL


  Portada

Repitiendo la misma historia autoritaria: La Parota
Magali Tirel

CFE: cambio a reversa o la "nueva" vieja política de desalojos forzosos
Scott S. Robinson

La Parota, asunto de "utilidad pública"
Priscila Rodríguez Bribiesca

Presa La Parota, la resistencia en Guerrero
Gustavo Castro Soto

Repensando el proyecto de la presa
Scott S. Robinson y David Barkin

"Aquí estamos desde que abrimos los ojos al mundo"
Rosalinda Hidalgo y Martha Peral

III Encuentro Latinoamericano contra las Represas


Correo electrónico:

[email protected]

 

  

La Parota, asunto de "utilidad pública"

Priscila Rodríguez Bribiesca
Abogada ambiental, CEMDA (Centro de Derecho Ambiental)

A tan sólo 14 años de la Declaración de Río de Janeiro —de donde se desprendió la premisa de Desarrollo Sostenible, entendido como un modelo de crecimiento que satisface las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades, y el Principio Precautorio como sustento de la gestión ambiental y el papel esencial de la participación social y la corresponsabilidad de este sector en los compromisos ambientales—, la gestión mexicana dista mucho de ser congruente con estos postulados que intentaron encauzar la planeación mundial y los nuevos retos a los que los países se enfrentan dentro de este nuevo orden.

Hoy, el derecho a la información ambiental, la participación de la sociedad y el acceso a la justicia ambiental son principios ignorados en la toma de decisiones públicas, son sólo banderas de un discurso políticamente correcto y necesario para la legitimación de actos impositivos y arbitrarios. Los grandes temas ambientales están debilitados y se conciben como aspectos secundarios y aislados a tratar dentro de la agenda pública nacional.

Las estructuras de poder trabajan día y noche para legalizar las prácticas de despojo y privatización del agua y tierras en posesión del sector campesino e indígena. Cada vez son más frecuentes los desastres naturales asociados al calentamiento global del planeta. La pérdida de bosques y selvas y su inherente impacto en las cuencas hidrológicas, es un asunto de seguridad nacional. La calidad y distribución del agua es, en realidad, no solamente asunto de seguridad nacional, sino de sobrevivencia.

La situación alarmante en la que nos encontramos muestra sin recato nuestro desvío del camino trazado en Río de Janeiro, de las promesas realizadas en torno a la precaución ambiental, lo que implica la imposición de medidas preventivas que eviten situaciones de emergencia ambiental, con la finalidad de lograr un desarrollo que no comprometa los recursos naturales necesarios para la subsistencia de las generaciones futuras.

Por esta razones, resulta inaceptable que se continúen impulsando y autorizando proyectos con supuestos beneficios económicos por encima de los costos sociales y ambientales que implica su ejecución y desarrollo. Este el caso de la presa La Parota.

La construcción de esta obra hidráulica está rodeada de posturas relacionadas con el progreso y desarrollo del país, pero también a la innumerable relación de costos que una obra de dicha índole representa. Por ejemplo:

    • Terribles afectaciones al ecosistema, a la importante cuenca hidrológica del Papagayo y sus repercusiones negativas para el abasto de agua a la ciudad de Acapulco y las comunidades rurales que dependen del acuífero.
    • A la cobertura forestal consistente en 17 mil hectáreas de selva baja y mediana caducifolia que sería inundada (sin considerar la cobertura desmontada por los campesinos desplazados en los sitios donde construirán sus nuevos hogares).
    • A las cientos de especies de flora y fauna amenazadas y en peligro de extinción cuyo hábitat sería destruido.
    • Al riesgo fundado de la inducción de un sismo arriba de los 8 grados en la escala Richter al estar ubicado el embalse en una zona altamente sísmica.
    • La emisión de gases de efecto invernadero producida por el estancamiento del agua con incidencia en el calentamiento global.
    • Y, por supuesto, al daño sobre el proyecto de vida de las miles de familias que serían desplazadas e imposibilitadas a continuar con la vida comunitaria que desde siempre habían disfrutado, con los consecuentes agravios a su derecho a la autodeterminación, a la tierra, a la vivienda, a la salud, al desarrollo, al medio ambiente y a todo lo que un ser humano aspira y tiene derecho.

Experiencias pasadas en torno a estos megaproyectos demuestran los impactos denunciados. Existen en el mundo innumerables ejemplos de cada uno de ellos. Citemos algunos:

La desaparición del delta del Río Colorado a consecuencia de las represas en este acuífero, la consecuente extinción de especies acuáticas y aves y, el daño a las pesquerías de la región.

El desborde de la represa Vaiont, en los Alpes durante el año 1963 a consecuencia de sismos inducidos, causando que la ciudad de Longarone fuera arrasada por una ola gigantesca y la mayoría de sus habitantes muertos.

Los desastres mundiales asociados a la rupturas de presas, como es el caso de He Nan, en la provincia de China, lo que según algunas fuentes provocó la muerte de unas 230 mil personas.

Los precedentes narrados y muchos otros, pudieron ser evitados si la elaboración de los estudios ambientales y su evaluación se hubiera realizado con apego al mencionado principio precautorio.

Sin embargo, regularmente las autoridades ambientales omiten la aplicación del mismo, debido a que este tipo de proyectos constituyen un riesgo en sí mismo. Así lo estableció un informe del Banco Mundial en 1990 respecto de los costos de construcciones de represas, al señalar que "la inexistencia de problemas geológicos debe considerarse una excepción antes que la regla".

Estas omisiones se detectan también para el caso de la presa La Parota, cuya autorización desestima algunos elementos, como la sedimentación provocada por los embalses y su consecuente repercusión en la calidad de agua, hábitat de diversos invertebrados que son a su vez alimento de otras especies de peces y aves acuáticas, así como el relativo a la erosión causada al lecho del río.

Para mitigar estos y otros daños, la Secretaría del Medio Ambiente federal, Semarnat, consideró suficiente la instalación de otra presa denominada "de régimen de cambio", que provocaría a su vez impactos adversos al ambiente derivado del cambio de uso de suelo, más explotación de bancos de material, inundación de tierras de cultivo, otras poblaciones desplazadas, daños al paisaje, entre otros daños.

Otro ejemplo de las omisiones en la evaluación del caso fue el relativo al riesgo que representa ser una zona altamente sísmica. Sobre este aspecto, la Semarnat expresó sin recato que no contaba con atribuciones para determinar medidas de seguridad sobre el asunto, por tanto, CFE no está obligada por la autoridad ambiental a realizar medidas que prevengan o mitiguen este impacto de posibles consecuencias desastrosas.

Ahora bien, la CFE junto con el gobierno del estado de Guerrero y los promotores de la obra, han manifestado en innumerables ocasiones que la construcción de la presa constituye en sí un servicio necesario, que de tan necesario, es de los considerados de "utilidad pública".

Ante el lanzamiento de tal término, a los ciudadanos neófitos en la materia, no nos queda más que reconsiderar por unos segundos y mover en automático la cabeza expresando consentimiento. Deben tener razón, seguramente que esa presa debe ser necesaria para el país.

El significado y alcance del lacónico término, puede ser consultado en la Ley de Expropiación. Sin embargo, ni siquiera en la disposición primera de este cuerpo normativo es posible entender con exactitud el alcance de la expresión, la cual enuncia a manera de lista, las "causas de utilidad pública" de la siguiente manera:

Art. 1. Son causas de utilidad pública:

El establecimiento de un servicio público

[...]

X. Las medidas necesarias para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la colectividad".

Con sustento en las disposiciones citadas, podemos concluir que el Proyecto Hidroeléctrico Presa La Parota es una obra de utilidad pública en razón que generará energía eléctrica, servicio público sin duda necesario para el país.

Sin embargo, debido a los altísimos e irremediables impactos sociales y ambientales que conlleva su realización, también es posible concluir que dicha construcción violaría la otra causa de utilidad pública citada, relativa a la protección de los recursos naturales afectados con la obra y los daños a la propiedad de 25 mil personas (ante esta cifra podemos entender colectividad) que eventualmente sufrirían el desplazamiento, es decir, daños a su propiedad de tierras y agua.

Ante tal disyuntiva, la pregunta necesaria es: ¿Qué asunto de utilidad pública debe ser ponderado sobre el otro?

La respuesta depende de nuestras prioridades como Nación. Si continuamos aceptando las viejas y probadamente ineficaces fórmulas de gestión ambiental, en el caso que nos ocupa: la generación de energía eléctrica mediante formas absolutamente destructoras del entorno ambiental, la respuesta será la construcción de la presa.

En cambio, si de lo que se trata es de cumplir con los compromisos internacionales haciendo un uso racional y razonado de los recursos sin propiciar con nuestros actos su desaparición, la respuesta deberá ser: La cancelación del proyecto y la promoción de fuentes de energía renovables o lo que es lo mismo, la energía obtenida de recursos naturales capaces de regenerarse, y por tanto, virtualmente inagotables.

No podemos mantener una gestión de desarrollo sostenible si como país impulsamos megaproyectos que aniquilan incesantemente los recursos naturales de cuya existencia dependen las generaciones futuras.

Reiteramos: no se duda de la necesidad de obtener el suministro eléctrico, pero no podemos permitirnos la obtención de éste y otros servicios a un precio tan elevado como la destrucción misma de la riqueza ecológica de la que dependemos como especie.

Mientras esto sucede, las grandes hidroeléctricas pelean por un sitio dentro de las energías renovables, sin importar que datos con sustento científico, estudios, experiencias negativas y recomendaciones varias demuestren lo inviable de estos proyectos.

Así, el Informe de la Comisión Mundial de Represas destacó algunas verdades catalogadas como inobjetables como que "en demasiados casos para obtener los beneficios, se ha pagado un precio inaceptable y frecuentemente innecesario, especialmente en términos sociales y ambientales, por parte de las personas desplazadas, las comunidades río abajo, los contribuyentes fiscales y el medio ambiente".

 


Las zonas marcadas con rojo son de alto riesgo sísmico