La resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que determinó la inaplicación del decreto de interpretación auténtica de la propaganda gubernamental durante la revocación de mandato “es inaudita” porque rompe con la división de poderes y pasa sobre las facultades de la Cámara de Diputados, acusó el morenista Mario Llergo durante la sesión del Instituto Nacional Electoral.
En contraste, para el representante del PRD, Ángel Ávila, la determinación de los magistrados sólo revierte los excesos de Morena para que la democracia mexicana “no sea vulnerada por la violación constitucional y a las leyes que de manera reiterada hace Morena; la autoridad federal, encabezada por el presidente, Andrés Manuel López Obrador; los gobernadores de Morena, y los diputados federales de ese partido”.
Constitución, norma suprema
Durante el debate sobre la solicitud de autoridades para que el INE avale algunas campañas oficiales, la consejera Claudia Zavala fue la única que abordó el tema reivindicando que el TEPJF haya ejercido el control de la constitucionalidad al resolver sobre la aplicación del referido decreto. “La Constitución es la norma suprema que cuida que ningún poder constituido la pueda usurpar, sino que se deba generar el procedimiento establecido para poder dar los cambios trascendentales en un país democrático”.
Para Llergo, los magistrados se extralimitaron en sus facultades pero, en tanto que sus resoluciones son inatacables, se acatará en sus términos. “Fue un acto sin precedente, yendo de forma clara contra lo que dispone la propia normatividad e incluso el texto constitucional al decretar una inaplicación en abstracto, invadiendo la esfera de competencias del Congreso”, expuso Llergo.
En respuesta, el perredista Ávila aseguró que para los actuales gobernantes y el Presidente de la República o los diputados de Morena “como lo acabamos de observar y de escuchar, creen que sus funciones no se marcan dentro de la Constitución, ellos creen que las leyes están ahí para violarse. Esto es algo verdaderamente grave”.