Ciudad de México. El Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa con sede en Mérida, resolverá si ratifica o revoca la suspensión que le concedieron a menores de Homún, Yucatán, quienes promovieron un amparo contra la autorización para instalar una mega granja porcícola en su territorio.
La magistrada Julia Ramírez decidirá si el Juez Segundo de Distrito de Mérida emitió resoluciones ilegales que permiten el incumplimiento y violación a la medida cautelar, y si debió darle entrada a las pruebas aportadas por la Producción Alimentaria Porcícola (PAPO) para intentar revocarla.
El colectivo de derechos humanos Kanan señaló que “con pruebas tramposas”, la empresa PAPO, una vez más pretende levantar la suspensión que paralizó las operaciones de la mega granja en Homún para evitar daños al medio ambiente.
La jueza Miriam de Jesús Cámara Patrón, titular del juzgado cuarto de distrito con sede en Mérida, ordenó suspender la construcción de las instalaciones, diseñadas para albergar hasta a 49 mil animales. Esta suspensión está vigente desde el 9 de octubre de 2018, sin embargo, la empresa PAPO promovió entonces el recurso de revisión contra esta decisión.
El año pasado, los pobladores denunciaron el incumplimiento de la suspensión por la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS), al permitir que la empresa realice trabajos de mantenimiento. En su momento, el Juez Segundo de Distrito, Rogelio Leal Mota, resolvió que no se había violado la medida cautelar.
Por ello, en agosto de 2021 acusaron que PAPO había presentado dos documentos en los que solicitaba retirar la suspensión. “Dichos escritos no deberían de ser admitidos por el Juez Segundo de Distrito, debido a que no se trata de algún hecho superveniente”, es decir, novedoso.
Pero además, la organización de derechos humanos consideró que la Secretaría de Desarrollo Social de Mérida habría violado de nuevo la suspensión al emitir un documento donde manifiesta que la planta de tratamiento fue analizada y cumple con los límites máximos permisibles: “la planta de tratamiento de la granja en Homún fue analizada y que cuenta con los elementos suficientes para alcanzar el cumplimiento de los límites máximos permisibles de descargas contaminantes”.
Dicha opinión fue emitida sin considerar que la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), autorización del funcionamiento de la granja, así como los permisos que se encuentran suspendidos, por lo que la opinión de la la SDS básicamente confirma que dicha institución permitió la instalación de la planta de tratamiento aún con la suspensión de operaciones.
Debido a esto, Kanan Ts’ono’ot (Guardianes de los cenotes), y los representantes de la infancia de Homún, con el acompañamiento del equipo Indignación, presentaron tres quejas en contra de las diversas resoluciones y del trámite que el Juez Segundo de Distrito ha realizado para abrirle la puerta a la empresa para continuar operando su mega granja porcícola a costa del medio ambiente, salud y niñez de Homún.
Las quejas presentadas cuestionan que el Juez Segundo de Distrito haya sido omiso para obligar a la Secretaría de Desarrollo Sustentable a cumplir la suspensión de la granja, pues apuntaron que a pesar de la medida cautelar la autoridad ha emitido opiniones positivas para la operación de la planta de tratamiento de aguas residuales de la empresa. “Esta opinión fue aportada como prueba en juicio por la empresa PAPO, con la finalidad de que el Juez revoque la suspensión y les permita operar” lamentaron las organizaciones no gubernamentales.