Ciudad de México. La empresa Bimbo tendrá que revelar los correos electrónicos que sus directivos intercambiaron con los funcionarios de ProMéxico desde 2016 y hasta 2018, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Esta información fue requerida por un ciudadano a ProMéxico, entidad paraestatal que se encargaba de promover la inversión mexicana en el extranjero, y que fue liquidada por el actual gobierno federal.
Los correos electrónicos fueron solicitados como parte de una investigación sobre presuntos apoyos indebidos del gobierno federal a varias empresas privadas, entre ella Bimbo.
En septiembre de 2018, luego de que se dio a conocer la intención de liquidar a la paraestatal, el entonces jefe de la Unidad de Desarrollo Sectorial de ProMéxico, César Fragoso, mencionó el crecimiento de la panificadora como uno de sus logros. “Por ejemplo; hemos apoyado a empresas como Bimbo, a establecerse en China”, afirmó en conferencia de prensa.
La solicitud de las versiones públicas de los correos electrónicos fue aprobada por el Comité de Transparencia de ProMéxico, sin embargo, Bimbo promovió un amparo contra esta decisión, impugnando la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, y el hecho de que no se le haya consultado para tomar la decisión de transparentar dichos documentos.
El asunto fue escalando instancias hasta que llegó a la SCJN, donde su Primera Sala aprobó por unanimidad, y sin discusión alguna, el proyecto presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, negando el amparo a Bimbo y ordenando que se den a conocer las versiones públicas de los correos electrónicos.
“Esta Sala considera que el argumento particular que endereza el quejoso para alegar la inconstitucionalidad del sistema normativo que regula el procedimiento de acceso a la información pública lo hace depender de la situación particular del quejoso frente a las normas, ya que se opone a la entrega de una determinada información relativas a los correos electrónicos. Pero no se basa en las características propias del sistema normativo impugnado que sí protege la información que se considera confidencial o reservada y la somete a un procedimiento en su caso de clasificación”, señala el proyecto aprobado.