El máximo tribunal del país consideró que las sentencias recientes han establecido normas que garantizan “las protecciones más sólidas para el derecho a interrumpir un embarazo transmitidas por cualquier tribunal constitucional en América Latina hasta la fecha”; en especial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió asuntos relacionados con el aborto y “se ha posicionado a la vanguardia en garantizar derechos reproductivos en todo el mundo”.
La Corte expuso que “en su primera decisión (AI 148/2017), el alto tribunal mexicano reconoció por unanimidad un derecho constitucional a servicios de aborto legales, seguros y gratuitos en las etapas iniciales de embarazo, así como en otras situaciones señaladas por la Corte. Por tanto, las leyes que penalizan el aborto en todas las circunstancias son inconstitucionales.
“Ningún otro tribunal constitucional de América Latina ha reconocido derechos tan amplios, ya que las sentencias de otros tribunales de la región han admitido rescindir un embarazo sólo en situaciones limitadas, como cuando la vida y la salud de una mujer están en riesgo. La decisión va más allá, incluso, que la emblemática decisión de Roe vs. Wade dictada por la Corte Suprema de los Estados Unidos, porque reconoce que las barreras a los servicios reproductivos deben abordarse para garantizar el derecho para la salud”.
En su decisión AI 106/2018 y 107/2018), la Corte dictaminó que los estados no tienen la autoridad, bajo el sistema federal mexicano, para establecer un derecho a la vida desde el momento de la concepción en sus constituciones locales.
Además de dictar estas resoluciones, la SCJN “reafirmó su compromiso de erradicar la violencia y la discriminación de género” en la propia institución, que incluirá una unidad para la prestación de atención jurídica, médica psicológica a las víctimas.
“Con estas sentencias y medidas, la Corte ha demostrado su compromiso inequívoco con la justicia de género y los derechos de las mujeres”, indicó la SCJN.