El compositor y cantante Ricardo Arjona solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraer el litigio que tiene contra la empresa Distribuidores Toyota Motors, AC, a quien demandó por el uso no autorizado de su canción Jesús es verbo, no sustantivo, para una campaña de publicidad.
La petición quedó registrada en el máximo tribunal como la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 253/2021, promovida por Édgar Ricardo Arjona Morales, nombre completo del compositor, y señala como tercera interesado a la automotriz Toyota Motor Sales de México, S de RL.
El también autor de Historia de taxi pide a la SCJN que atraiga el juicio de amparo directo 97/2021, que promovió ante el segundo tribunal colegiado en materia civil del primer circuito.
Como la petición la hace en su carácter de parte quejosa, para que el máximo tribunal atraiga el caso será necesario que alguno de los ministros haga suya la solicitud, argumentando su posible novedad o trascendencia.
El conflicto legal comenzó cuando la compañía automotriz utilizó la pieza musical como parte de la campaña publicitaria en su temporada de ventas Toyotathon 2014, para lo cual modificó la letra, obra del compositor.
Al descubrir el uso no autorizado de su propiedad intelectual, Ricardo Arjona promovió una demanda civil por daño moral, argumentando también violaciones a la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA).
En primera instancia, el juez décimo de distrito en materia civil, Eduardo León Sandoval, falló en contra del músico, con el argumento de que no había pruebas de que Toyota haya autorizado directamente el uso indebido de la pieza musical, y que en todo caso la responsabilidad recaería en la agencia de publicidad encargada del anuncio.
Arjona apeló esta decisión ante el primer tribunal unitario en materia civil, administrativa y especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, quien el 29 de diciembre pasado confirmó el fallo en su contra.
Por ello pidió la revisión ante el colegiado, y ahora directamente ante la SCJN, argumentando que, aunque Toyota no haya sido la directa responsable de producir el anuncio, sí lo autorizó y se benefició con su difusión.
El músico busca que, conforme a la LFDA, la indemnización por el uso no autorizado de su obra se fije en 40 por ciento de las ganancias obtenidas por Toyota, durante el tiempo que estuvo vigente la campaña publicitaria, pautada entre noviembre y diciembre de 2014.
Durante todo ese año, la empresa tuvo ventas en México por un total de 28 mil 800 millones de pesos.