La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emplazó a la Fiscalía General de la República (FGR) para que en tres días entregue copia de la solicitud de la orden de aprehensión que se tramitó en contra del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá hizo la solicitud para tener la prueba del acto de autoridad reclamado por el Congreso de Tamaulipas en la controversia constitucional que interpuso este órgano legislativo por la orden girada contra el mandatario estatal.
Por la misma razón, se solicitó a los titulares de los juzgados de distrito especializados en el sistema penal acusatorio, con residencia en Almoloya de Juárez, estado de México, que informen si han dictado algún mandamiento judicial contra el gobernador y, en caso afirmativo, remitan copias certificadas de dicha resolución, así como de las constancias que integren el expediente respectivo.
El ministro González requiere estos documentos para poder decidir si se admite o no a trámite la controversia de los legisladores de Tamaulipas.
Mientras tanto, el juzgado octavo de distrito en esa entidad señaló que se mantiene vigente la suspensión definitiva que concedió el 7 junio al gobernador García Cabeza de Vaca contra la orden de aprehensión por delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
El juez Faustino Gutiérrez Pérez informó que el 17 de junio el mandatario pagó de nuevo 100 mil pesos en el Banco del Bienestar como garantía para que continúen los efectos de la medida cautelar, por lo que ordenó notificar al juez de control, con residencia en el penal del Altiplano, que la suspensión sigue vigente, además de comunicar al encargado de despacho de la delegación de la FGR y al fiscal General de la República por conducto del director general de juicios de amparo.
La misma notificación se dará al director en jefe de la Agencia de Investigación Criminal, al titular de la Policía Federal Ministerial de esa instancia, al comisionado nacional de Seguridad, así como al director general de Amparos y de lo Contencioso en representación del titular de la coordinación operativa interinstitucional de la Guardia Nacional para los efectos que haya lugar.