Falta que fije criterio obligatorio
El bloque opositor necesitaría un voto más para declarar inválida la medida
Martes 4 de febrero de 2025, p. 17
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) alista abrir este mes el debate en el Pleno y en la Primera Sala en materia de prisión preventiva oficiosa.
Entre los asuntos a discutir en próximos días se cuentan al menos tres amparos, una acción de inconstitucionalidad y un expediente, este último plantea declarar inconvencional la prisión automática en el país para determinados delitos graves, a fin de que México cumpla la sentencia condenatoria dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el caso García Rodríguez y otros contra México.
En la Primera Sala están registrados a discusión el 12 de febrero dos amparos de particulares que combaten la aplicación de esa norma, proyectos a cargo de la ministra Loretta Ortiz Ahlf.
En el primero, el quejoso de nombre Carmelo Alfonso interpuso un amparo en revisión que impugna la resolución de un tribunal colegiado que rechazó darle la protección de la justicia federal contra el decreto de reforma al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, del 19 de febrero de 2021, que reformó 10 leyes en materia de prisión preventiva oficiosa.
En el segundo recurso, el quejoso Brayan Raúl también impugnó la resolución de un tribunal dictada el 13 de marzo de 2023, mediante la cual se le impuso dicha medida cautelar.
Fuentes de la Corte aseguraron a La Jornada que en el Pleno, hasta ayer todavía, está programada la discusión de cuatro asuntos sobre prisión preventiva oficiosa, entre ellos dos con efectos generales, es decir, para las leyes aplicables en todo el país.
En la lista, está la acción de inconstitucionalidad 49/2021 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que demanda la invalidez del mismo decreto del 19 de febrero de 2021. El proyecto está en manos de la ministra Margarita Ríos Farjat.
El asunto que aún no está en lista, pero se prevé que se agregue es el expediente 3/2023 del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, en el que se plantea la inconvencionalidad de dicha medida cautelar prevista en el artículo 19 de la Constitución federal y otras leyes.
Sin embargo, para que la Corte declare la invalidez de la prisión preventiva oficiosa en México se necesitaría del voto de 8 de los 10 ministros en funciones, lo que significa que el bloque mayoritario en el Pleno encabezado por la ministra Norma Piña Hernández sume el apoyo de alguna de las tres ministras (Lenia Batres Guadarrama, Loretta Ortiz Ahlf y Jazmín Esquivel Mossa) afines al movimiento político de la Cuarta Transformación, que aprobó dicha medida.
También se disponen dos asuntos más sobre la materia, el amparo en revisión 284 y el 662.
Cabe señalar que el 1º de julio de 2024, la SCJN ordenó a tribunales y juzgados no emitir sentencias al respecto hasta que el alto tribunal fije criterio obligatorio.