Jueves 20 de junio de 2024, p. 35
Cada una de las estaciones de los servicios de transporte público –Metrobús y eléctricos (trolebús y Cablebús)– de la Ciudad de México deberán contar con programas de protección civil con el propósito de establecer los protocolos necesarios para la atención de emergencias en dichos lugares.
En un acuerdo publicado ayer en la Gaceta Oficial por la Secretaría de Gestión de Riesgos y Protección Civil, se establece que parabuses, centros de transferencia modal, patios de maniobras y edificios administrativos deberán tener un plan en la materia.
Los programas internos tendrán que estar listos en 120 días naturales y contar con una análisis de riesgos; en el caso de las del trolebús elevado y Cablebús, necesitan poseer una constancia de seguridad estructural.
Asimismo, cada una deberá acreditar el buen estado de instalaciones eléctricas e hidrosanitarias por medio de un acta circunstanciada elaborada por el titular del área de mantenimiento, además de contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil no cancelable.
El documento establece también que se debe capacitar a todo el personal en materia de protección civil, primeros auxilios, prevención y combate de incendios, evacuación y repliegue, así como comunicaciones, incluyendo aspectos de auxilio a personas con discapacidad y grupos de atención prioritaria, además de efectuar simulacros a los que convoque la autoridad.
Las estaciones tienen que contar con el equipo adecuado y suficiente contra incendios, señalizaciones sobre qué hacer en caso de un siniestro, al igual que instalaciones, equipos y materiales que permitan prevenir y mitigar riesgos a la integridad física y la vida de quienes trabajan o hacen uso de ellas, lo que incluye a personas con discapacidad.
Los programas internos de protección civil tienen que incluir un análisis e identificación de riesgos, plan de reducción de los mismos, equipamiento y zonificación para atención de emergencias, así como planes de contingencias y continuidad de operaciones.