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No se sancionará el nuevo etiquetado anticipado de advertencia en alimentos
 
Periódico La Jornada
Domingo 2 de agosto de 2020, p. 11

El gobierno federal informó que no se sancionará la venta de productos cuyas etiquetas cumplan de forma anticipada con la modificación a la NOM-051, que entrará en vigor el 1º de octubre y establece nuevas regulaciones para el etiquetado frontal de alimentos, luego de que el viernes se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo intersecretarial para posponer hasta diciembre los mecanismos de verificación del cumplimiento de esa norma.

Advierte que tampoco se sancionará, entre el 1º de octubre y el 30 de noviembre de 2020, la ­comercialización de productos que, habiendo cumplido con la norma oficial mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 actual, no exhiban el sistema de etiquetado frontal de advertencia, sellos y leyendas, de la citada modificación.

En comunicado conjunto, las secretarías de Economía, Salud, la Procuraduría Federal del Consumidor y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios señalaron que desde ayer los consumidores verán el nuevo sistema de etiquetado frontal en miles de productos que exhibirán sellos de advertencia, octágonos negros y leyendas precautorias.

Destacó que desde esta fecha se mostrará al consumidor de manera clara y sencilla cuando los productos contengan exceso de azúcar, sodio, grasas o calorías, y cuando contengan edulcorantes o cafeína.

Recordó que este viernes se publicó en el DOF el acuerdo entre las citadas dependencias que establece plazos y criterios para no sancionar a productores, importadores o comercializadores durante las actividades de verificación que realicen estas autoridades.

Por ello prevé que, desde ayer y hasta el 30 de noviembre próximo, en los establecimientos comerciales coexistirán productos para la venta al consumidor final que cumplan con el nuevo sistema de etiquetado frontal de advertencia o con el etiquetado actual.

Destaca que el gobierno federal mantiene su compromiso con la salud de la población, la defensa de los derechos de los consumidores, la protección de una niñez saludable, y la certeza jurídica para productores, importadores y comercializadores.

Desde la aprobación de la modificación de norma (marzo de 2019) la industria alimentaria demandó a la administración federal suspender la instauración del nuevo etiquetado. Ya durante la emergencia sanitaria, interpusieron amparos al señalar que su aplicación debía realizarse en un contexto complejo ante los efectos económicos del Covid-19, lo cual había sido rechazado por la Secretaría de Salud.