Lunes 13 de enero de 2020, p. 31
La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó ejercer su facultad de atracción sobre el amparo promovido por las comunidades mayas de Cansahcab y Suma, ambas de Yucatán, en contra del Proyecto Eólico y Fotovoltaico que la empresa BHCE busca construir en esa zona.
Se trata de un litigio iniciado el 31 de octubre de 2016 en contra de un negocio que los pobladores originarios denuncian que violenta el derecho al medio ambiente adecuado, la salud, propiedad, patrimonio, recursos existentes, y cultura de la comunidad maya
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El acto de autoridad reclamado es la resolución de la Secretaría de Energía (Sener) para aprobar la evaluación de impacto social de dicho proyecto, documento que los quejosos sólo pudieron obtener luego de tramitar una solicitud de información pública.
También combaten el oficio mediante el cual se dio por presentada la evaluación de impacto ambiental, pese a no cumplir con el derecho a consulta previa. En primera instancia, este amparo fue negado por el juzgado tercero de distrito de Yucatán, fallo que fue apelado ante el tribunal colegiado en materias penal y administrativa del decimocuarto distrito. Los quejosos sostienen que las turbinas eólicas, que giran hasta a 400 kilómetros por hora, provocan la muerte de aves e insectos de la fauna local, además de que las fugas del aceite de esos equipos contaminan la tierra de forma permanente.
También está ante tribunales agrarios otro proceso por lo que se pretende confirmar la venta fraudulenta de los terrenos donde se montarán los generadores, pues los denunciantes aseguran que el comisario ejidal no contaba con la facultad para permitir la venta de 300 hectáreas que darán únicamente 30 pesos a cada ejidatario.