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Grupo de Morena va porque dure 6 meses líder en el Congreso
 
Periódico La Jornada
Sábado 11 de enero de 2020, p. 27

Legisladores de Morena opuestos al grupo que respalda al diputado José Luis Rodríguez Díaz de León para presidir la coordinación del grupo parlamentario local, acordaron que dicho cargo sea rotativo por seis meses.

También desean que para la elección de dirigente se vote por renovar la presidencia de la mesa directiva, aunado a que se revise el reglamento interno para establecer mecanismos de control y sanción en los casos en que se violen los principios y documentos básicos de ese partido.

La diputada Guadalupe Chavira de la Rosa advirtió que de nada servirá ir a una elección en la que se gane por uno o dos votos si no se genera equilibrio y se fijan nuevas reglas de convivencia.

Al ser entrevistada tras la reunión que sostuvieron legisladores que proponen como alternativa para dirigir al grupo a Valentina Batres y a Rigoberto Salgado Vázquez, acordaron empezar el lunes o martes los acercamientos con el bando de Rodríguez con el fin de llegar a un acuerdo para la plenaria con el acompañamiento de las comisiones nacionales de honestidad y justicia y de elecciones del Morena.

Chavira admitió que es apremiante destrabar la elección de la coordinación para preparar la agenda del segundo periodo ordinario de sesiones, que empieza el 1º de febrero, e incluso definir si se requiere uno extraordinario por temas urgentes de resolver o que tengan plazo legal por prescribir.

En el caso de la renovación a la presidencia de la mesa directiva –que en este segundo año de la primera Legislatura está a cargo de Morena, con la diputada Isabela Rosales Herrera, afín a José Luis Rodríguez– explicó que sería en el caso de que se rechazara el planteamiento de rotar la coordinación.

De esa manera se postularía para presidir la mesa un legislador que no pertenezca al mismo grupo que tenga la coordinación. Sin embargo, la Ley Orgánica del Congreso no prevé la renuncia de quien fue designado para presidir dicho órgano de representación y dirección, sólo regula los casos de remoción, es decir, cuando la separación es por destitución del pleno por mayoría.