Fiesta con protección
NotieSe | "El Día del Condón debe ser una fiesta para que el uso del preservativo se relacione con algo divertido y placentero", aseguró Patricia Campos, jefa de la Oficina de AIDS Healthcare Foundation para América Latina y El Caribe. Explicó que desde hace cuatro años, cada 13 de febrero, se celebra la efeméride con el objetivo de promover el uso del condón y las relaciones sexuales más seguras. En esta ocasión, decenas de organizaciones de la sociedad civil y el Centro de la Diversidad Sexual del gobierno del Distrito Federal conmemoraron el día en diferentes partes de la capital mexicana con ferias informativas, una caravana de salud y el reparto masivo de más de 20 mil condones.
Avanza reconocimiento a los derechos de gays y lesbianas
El máximo tribunal de la nación determinó que los viudos de matrimonios homosexuales tienen los mismos derechos que los de parejas de diferente sexo, tales como prestaciones de seguridad social.
NotieSe | A casi cuatro años de haberse reformado el Código Civil del Distrito Federal para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) afirmó en un comunicado de prensa que cualquier unión legal de este tipo será sujeta de afiliación.
De acuerdo con el documento, fechado el 17 de febrerro, la resolución se tomó con base en el principio pro persona, que obliga a tomar en cuenta la norma legal más alta que garantice el respeto a los derechos humanos. Hasta hoy no se ha reformado la Ley General de la institución, sin embargo, tras el dictamen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitido el pasado 29 de enero, que establecía que ninguna ley debe discriminar a las parejas homosexuales, el Instituto determinó que estos matrimonios serán sujetos de afiliación al régimen ordinario del Seguro Social.
Por tanto, a pesar de que la Ley General del IMSS "hace diferencias en razón de género, debe entenderse que también protege a dichos matrimonios, lo cual respeta el principio pro persona, establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", detalló el texto.
Adopción en Coahuila
Hace siete años se aprobó la figura de Pacto de Solidaridad Civil en Coahuila, que permite la unión legal de parejas de igual o distinto sexo en un esquema similar al del matrimonio, pero que impedía la adopción por parte de éstas. Pero el pasado 12 de febrero fue derogado el artículo 385-7 del Código Civil coahuilense, con lo que se garantiza que las parejas conformadas por personas del mismo sexo sean candidatas a adoptar menores.
De esta manera, la cláusula que rezaba: "los compañeros civiles del mismo sexo no podrán realizar adopciones en forma conjunta ni individual. No podrán compartir o encomendar la patria potestad o guardia y custodia de los hijos menores del otro. Es nulo de pleno derecho cualquier pacto que contravenga esta última disposición", desaparecerá del Código local en atención a la recomendación hecha por el Tribunal Superior de Justicia del Estado.
Castigan discriminación por preferencia sexual
Con el objetivo de prohibir la discriminación por preferencia sexual en Guanajuato, el pleno del Congreso de la entidad aprobó, el pasado 21 de febrero, la modificación al artículo 5 de la Constitución Política local para prohibir "toda discriminación motivada por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana".
De acuerdo con el dictamen elaborado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, "es necesario legislar en materia de eliminación de discriminación de cualquier índole, y no sólo reorientar las políticas de eliminación de la misma, sino impulsar programas con base legal de concientización respecto a los derechos fundamentales de las personas".
Además, la Comisión consideró necesario incorporar a la constitución local el texto del artículo 1° de la Constitución Mexicana para armonizar el contenido de ambas disposiciones.
Las verán como trabajadoras no asalariadas
Otorgan amparo a sexoservidoras
Noticalle | Tras varios años de cabildeo, la juez primera de distrito en materia administrativa, Paula María García Villegas, otorgó un amparo a decenas de trabajadoras sexuales que buscaban obtener un reconocimiento legal que les permita gozar de derechos como la educación y el acceso a los servicios de salud.
De esta manera, las involucradas contarán con credenciales que las identifiquen como trabajadoras no asalariadas para que las policías, los inspectores y los agentes ministeriales no las extorsionen, agredan física y verbalmente ni las intimiden al realizar su trabajo, pues el amparo declara como inconstitucional el artículo 24, fracción VII de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal, que sanciona la prostitución como una falta administrativa.
Con este logro jurídica, obtenido por la abogada Bárbara Zamora y Santos García, se garantiza que el trabajo sexual sea reconocido con base en el artículo 5° de la Constitución Política de México, cuyo contenido establece que "a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos".
Así, se reconoce al sexo servicio como cualquier otro trabajo lícito en reconocimiento a la Constitución, al artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El amparo ordena a la autoridad que dé información a las trabajadoras sexuales acerca de cuáles autoridades administrativas son competentes para vigilar que los agentes policiacos y ministeriales no las hostiguen y extorsionen.
Al respecto, la abogada explicó que esta sentencia representa una "revolución jurídica" debido a que es de las pocas resoluciones legales en el mundo que equipara al trabajo sexual con cualquier otro trabajo y, por tanto, otorga a quienes lo ejercen el derecho al acceso a los servicios de salud, a educación y a todos los beneficios brindados por la Ley Federal del Trabajo a los trabajadores no asalariados, entre ellos, formar sindicatos.
Este amparo beneficia a aquellas mujeres (biológicas o transexuales) mayores de 18 años que por su propia voluntad ejercen el trabajo sexual independiente en calles, casas, hoteles o cualquier otro sitio.
Senado aprueba reformas a la ley contra la discriminación
Las modificaciones amplían el concepto y el margen de acción del Conapred
NotieSe | El Senado de la República aprobó por unanimidad las reformas a diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir y Eliminar la Discriminación, con el propósito de extender los instrumentos de prevención y erradicación de todas las formas de discriminación en el país, así como de promover la igualdad de oportunidades y de trato a partir del fortalecimiento de la organización, operación y funcionamiento del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
Entre los cambios contemplados en la propuesta se encuentran la ampliación de la definición de discriminación con la finalidad de regular varios de sus tipos: directa, indirecta, formal y sustantiva, y la especificación de las condiciones que motivan la discriminación, a fin de que la legislación responda a la realidad de México y prevea la esencia protectora contenida en los diverso instrumentos internacionales en materia de derechos humanos.
También se ampliará el ámbito protector de la ley y de acción de Conapred, al mismo tiempo que se incorporan nuevas definiciones como la de igualdad de oportunidades, ajustes razonables y diseño universal. Asimismo, se otorgará a este organismo la facultad de imponer medidas administrativas y de reparación del daño a servidoras o servidores públicos y a particulares cuando se comprueben actos o conductas discriminatorias.
Otro aspecto contemplado es el de dar mayor certeza a los trabajos de interpretación de la ley mediante la inclusión de disposiciones para impactar de manera determinante en las políticas públicas y garantizar el respeto del derecho a la igualdad.
Fin a los criterios discriminatorios en empleos y escuelas
Además, en la nueva legislación se consolida la prohibición de discriminar, se fortalece el Sistema Nacional de Combate y Prevención de la Discriminación y se precisan los supuestos de trato diferenciado que no se consideraban antes discriminatorios.
Por otra parte, se incorporarán medidas de nivelación concernientes a ajustes razonables en materia de accesibilidad de información y comunicaciones a fin de ampliar las medidas a favor de los grupos en situación de vulnerabilidad. De igual manera, se prevé la derogación o abrogación de las disposiciones normativas que impongan requisitos discriminatorios de permanencia a escuelas y trabajos.
S U B I R
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