Sociedad y Justicia
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SCJN: limitará producción de genéricos

Se protegerán fármacos con patentes vigentes
 
Periódico La Jornada
Viernes 29 de enero de 2010, p. 44

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó la tesis de jurisprudencia que establece que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial debe divulgar en la Gaceta de la propiedad el listado de las sustancias o ingredientes activos, utilizados para producir medicamentos, que deben ser protegidos durante la vigencia de la patente respectiva.

Con esta disposición se protege a laboratorios farmacéuticos, al evitar que se produzcan genéricos, ya que al no ser publicada la sustancia o ingredientes activos en la Gaceta pueden ser producidos sin pagar compensación al poseedor de la patente original.

Al resolver una contradicción de criterios entre tribunales colegiados, la segunda sala determinó en la tesis de jurisprudencia 7/2010 que las patentes de los medicamente alopáticos deben publicarse en la Gaceta de patentes vigentes, como lo establece el artículo 47 bis del Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial.

De esta forma las sustancias activas que no formen parte de esa lista pueden ser producidas libremente por otros laboratorios.

Según representantes de laboratorios, no se puede registrar un fármaco que tenga una sustancia activa con patente vigente y que esté en el listado referido. Esto, aseguran, protegerá las investigaciones mexicanas para que ningún otro laboratorio pueda elaborar esos medicamentos, y evita que fabricantes de genéricos elaboren medicinas con esas sustancias.