Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Sábado 28 de diciembre de 2002
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Política
Según Martha Sofía Tamayo los argumentos presentados no tienen sustento normativo

Improcedente, la solicitud de expulsión de Zedillo: comisión de justicia del PRI

El supuesto agravio, pleno ejercicio de la libertad de expresión del ex presidente, concluye

VICTOR BALLINAS

La Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI), que preside la senadora Martha Sofía Tamayo, declaró improcedente la solicitud de expulsión del ex presidente Ernesto Zedillo -gestionada por un grupo de militantes encabezados por Humberto Hernández Haddad y Raúl Cruz Zapata- tras considerar que las causas argumentadas carecen de sustento normativo para retirarle la militancia.

La solicitud para expulsar al ex presidente Zedillo de las filas del tricolor fue recibida en esa comisión el pasado 11 de noviembre. Luego de que los siete integrantes de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria analizaron los documentos y argumentos presentados coincidieron en que no se acreditó la personalidad con que promueven dicha solicitud; tampoco se aportaron pruebas contundentes y -resaltaron por unanimidad- las declaraciones por las que se acusa a Zedillo y se pide se le retire la militancia "fueron hechas en el ámbito académico y en pleno ejercicio de la libertad de expresión".

Dicho tribunal consideró que las declaraciones del ex presidente fueron hechas durante una conferencia en la Universidad de Columbia, Nueva York; por tanto, consideró que "sancionarlo por ese hecho sería limitar la libertad de expresión consagrada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la libertad de cátedra".

La senadora Tamayo precisó además que "en materia de orden legal, quien promueve una acción debe demostrar el carácter con el que concurre, y si dijeron ser militantes (del PRI) quienes solicitaron la expulsión de Zedillo del partido, no acreditaron su membresía".

Pero no fue sólo por ese hecho que se declaró improcedente la solicitud, sino que hay una serie de motivos que, dijo la senadora, "nos llevaron a resolver en ese sentido. Por ejemplo, en los artículos 227 y 228 de los estatutos del PRI se establecen una serie de hipótesis para que proceda la expulsión, pero en los hechos, quienes pidieron la expulsión del ex presidente Zedillo no vincularon sus argumentos a una de esas causales".

La presidenta de la Comisión apuntó que "en realidad no había consistencia en la solicitud y hubo ausencia de pruebas documentales; nosotros no somos una instancia indagatoria, sino que tenemos que resolver conforme a las pruebas y argumentos que nos presentan, y en este caso no había consistencia".

Otro elemento fue que de la relación de nombres que acompañan la solicitud "muchos de ellos nos dijeron que no dieron su conformidad para que su nombre apareciera en esa lista; es más, se molestaron. Eso nos llamó mucho la atención".

La senadora Tamayo destacó que "desde el 18 de diciembre anduvimos buscando a Humberto Hernández Haddad para notificarle la resolución, se le buscó en el teléfono y domicilio que nos dio pero como no se le encontró, hablamos a los domicilios de los otros quejosos, y fue cuando nos manifestaron su extrañeza porque sus nombres figuraban en la lista que se nos presentó". Finalmente la notificación se pudo hacer el 23 de diciembre.

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