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Política

2023-09-13 17:32

TEPJF declara inexistente supuesta calumnia del PAN contra Morena

Sede del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la Ciudad de México. Foto Cristina Rodríguez / Archivo
Sede del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la Ciudad de México. Foto Cristina Rodríguez / Archivo

Ciudad de México. La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inexistente la supuesta calumnia contra Morena en un promocional de televisión del PAN y el uso en éste de símbolos religiosos, luego de que el partido guinda denunció que a su ver contiene afirmaciones que “de manera dolosa buscan confundir y engañar al electorado, pues pretenden responsabilizarlo de hechos falsos y delitos”.

En el espot se señala que en el país crece la delincuencia, la pobreza y la corrupción. “Detengamos ese México o nos va a cargar el payaso”, se menciona.

En sesión pública, los magistrados Luis Espíndola, Rubén Lara y Mónica Lozano, quien ocupa la magistraduría en funciones luego de que Gabriela Villafuerte terminó su periodo la semana pasada, coincidieron en que del análisis integral no se imputa a Morena a hechos o delitos falsos, sino que “se trata de una crítica del emisor de temas que se inscriben dentro de los tópicos susceptibles a abordarse en una discusión pública”.

Respecto a la utilización de símbolos religiosos, el proyecto a cargo de Espíndola, determinó la inexistencia, ya que que las cruces que aparecen hacen referencia a los feminicidios, pues en la imagen se emplean nombres y fechas de mujeres supuestamente víctimas de este delito.

Los magistrados también aprobaron por unanimidad, con el voto concurrente de Lara, sobreseer el procedimiento respecto del promocional en su versión radio, únicamente lo relacionado a la infracción de calumnia, al considerarse que Morena no cuenta con legitimación para denunciar.

Sobre este punto Lara, quien fungió como magistrado presidente por decanato, manifestó su desacuerdo pues consideró que “no hay distinción entre el contenido del promocional en su versión radio y en televisión”.

También señaló no estar de acuerdo en que sea relevante si las cruces que se presentan en el espot de televisión aparecen de manera fugaz o durante mucho tiempo, “eso no es elemento para tener por actualizada la infracción que estamos estudiando y también me separaría de la idea de que es un símbolo de lucha, es una visión subjetiva”.

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