Con el aval de todas las fuerzas políticas, el Senado aprobó sancionar hasta con 15 años de prisión a quien difunda, reproduzca y comparta imágenes y videos de mujeres, niños y adolescentes víctimas de violencia, así como cadáveres y evidencias incluidas en las carpetas de investigación de procesos penales.
Fue parte de una veintena de dictámenes que se votaron ayer, la mayoría por unanimidad y sin mayor discusión, en el contexto de un acuerdo logrado por la mesa directiva, que encabeza Ana Lilia Rivero (Morena), a fin de comenzar a desahogar 112 temas pendientes.
La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero (Morena), precisó que en febrero del 2020 se reformó el Código Penal Federal en materia de delitos cometidos contra la administración de justicia, a fin de proteger a las víctimas y evitar que se repita el daño, cuando se difundieron las fotografías del cuerpo de una víctima de feminicidio en noticieros, periódicos y hasta en redes sociales.
Fue el caso, dijo, de Ingrid Escamilla Vargas, “que lamentablemente todos fuimos testigos de la exhibición pública del material visual del cuerpo de la víctima”.
La reforma, detalló, busca garantizar la seguridad, intimidad, dignidad, protección y bienestar físico y sicológico de las víctimas u ofendidos, toda vez que la divulgación de información o imágenes de quienes sufren algún delito lesiona su memoria y dignidad.
Se sanciona “a quien difunda, entregue, revele, publique, exponga, distribuya, grabe, fotografíe, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta a quien no tenga derecho, imágenes, audios, videos o cualquier tipo de información o evidencia que esté contenida en una carpeta de investigación o en un proceso penal, que por disposición de la ley sea reservada o confidencial”.
Las penas se duplica y llegan a 15 años cuando las víctimas sean niños, adolescentes, mujeres o que la información corresponda a cadáveres. También, con 87 votos a favor, el Senado aprobó reformar el Código Penal Federal para aumentar, hasta en una mitad más, las penas ya establecidas para los delitos de lenocinio, intimidación, abuso sexual, violación, amenazas y lesiones, cuando la víctima esté embarazada al momento de la comisión del ilícito.
El cambio es necesario, subrayó Sánchez Cordero, porque “lamentablemente se ha demostrado que las mujeres, durante el embarazo, sufren de violencia física, sexual, sicológica y/o emocional, lo cual puede generar riesgos tanto para la vida de la madre como para el producto de la concepción. Por tanto, el Estado mexicano debe ejercer mayor reproche ante tales conductas, con el objeto de tutelar, de manera eficiente y eficaz, la protección más amplia a la mujer, la vida, la libertad y la seguridad de las personas”.
Se aprobó además establecer en el Código Penal Federal los delitos contra el consumo, la riqueza nacional, el patrimonio y el cuidado del medio ambiente. Asimismo, se avalaron cambios al reglamento del Senado, a fin de que los legisladores informen sobre los avances en el cumplimiento de sus compromisos de campaña.