Ciudad de México. Por mayoría de cuatro votos contra dos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de las modificaciones al reglamento de radio y televisión aplicado por el Instituto Nacional Electoral (INE) que, entre otros aspectos, preserva la obligación de las concesionarias de uso social y comunitarias e indígenas de transmitir los espots de partidos políticos.
Integrantes de estas radiodifusoras asistieron al salón de sesiones y, al término de la votación advirtieron - en entrevista- que el reglamento es “racista” porque les impone las mismas obligaciones que a los grandes concesionarios privados, por lo que están en libertad de no acatarlo y, por tanto, no transmitir los promocionales partidistas.
Acusaron de que no se les consultó de manera previa e informada sobre los cambios, lo que sí ocurrió con los empresarios del sector, de ahí que consideraron la resolución del Tribunal como un golpe.
Representantes de Cuetzalan del Progreso, San Bernardino Tlaxcalancingo y Santa María Zacatepec subrayaron que los partidos se organizan con leyes distintas a las de las comunidades originarias, es así que si los magistrados tomaron una decisión ellos igualmente pueden tomar las suyas.
“Lo que no han entendido el Tribunal y el INE que como pueblos tenemos derecho a la autodeterminación, incluido el aire, así que decidimos qué vamos y qué no vamos a transmitir”, dijo un representante de Radio Tosepan Limakxtum, una de las asociaciones que presentó la apelación.
Actualmente son 33 las concesionarias indígenas, aunque hay casi 200 emisoras indígenas que no toman el rango de concesión porque les implica promover a los partidos políticos, explicó Erick Huerta, asesor legal de las comunidades indígenas.
La magistrada Janine Otálora, quien votó en contra del proyecto, sostuvo que “sí se tiene que realizar una consulta” a las comunidades porque no basta que se argumente que en 2019 se les consultó y tampoco es suficiente la comunicación por escrito que hubo con la Asociación Mundial de Radios Comunitarias, porque no hay certeza de que la totalidad de las concesiones indígenas estén en esa agrupación.
Los sistemas normativos indígenas son “vivos, no rígidos” y celebran elecciones por usos y costumbres por lo que no coinciden con elecciones federales y locales, de ahí que únicamente deseen transmitir promocionales de autoridades electorales y no de partidos políticos.
El magistrado presidente, Reyes Rodríguez dijo que la decisión del INE fue unilateral y una imposición.
No se trata – añadió- de relevar a las radios sociales indígenas de sus obligaciones constitucionales en el llamado modelo de comunicación política, sino reconocer los derechos colectivos de los pueblos y comunidades indígenas, incluidos sus cosmovisiones y derechos culturales y el derecho a que no se puedan ver forzados a asimilar una suerte de comunicación política que está pensado desde otra cosmovisión.