Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo solicitado por una persona que buscaba obtener una pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (Issste) sin cumplir con los requisitos de tener cuando menos 60 años de edad al separarse del servicio y haber cotizado un mínimo de 10 años.
El proyecto de sentencia, elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, señaló que los requisitos mínimos para obtener esta prestación son necesarios para preservar la seguridad y equilibro del fondo de pensiones, a efecto de que siempre cuente con suficientes recursos para proteger a quienes, por su edad, más lo necesitan.
Advirtió que otorgar pensiones por cesantía en edad avanzada sin cumplir con los requisitos mínimos abriría la puerta para que cualquier persona que no esté en servicio activo, por el simple hecho de haber cotizado al ISSSTE en algún momento de su vida, pueda tener acceso a esta prestación aún cuando su capacidad de trabajar no esté disminuida.
La propuesta, aprobada por unanimidad, reconoce la constitucionalidad del artículo Décimo Transitorio de la Ley del Issste en tanto que la finalidad del sistema de pensiones no podría alcanzarse si se otorgaran dichas prestaciones a los trabajadores sin importar su edad.