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Política

2023-08-17 12:39

Orden de captura de Gilda Lozoya sigue vigente; le niegan amparo

Emilio Lozoya Austin, ex director de Pemex, al acudir a comparecer en el Reclusorio Norte como parte de las investigaciones del caso Odebrecht. Foto Roberto García Ortiz / Archivo
Emilio Lozoya Austin, ex director de Pemex, al acudir a comparecer en el Reclusorio Norte como parte de las investigaciones del caso Odebrecht. Foto Roberto García Ortiz / Archivo

La orden de aprehensión contra de Gilda Lozoya Austin sigue vigente. Un juzgado de distrito le negó el amparo a la hermana de Emilio Lozoya Austin, ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), que libró un juez de control con sede en el Reclusorio Norte, ya que se le acusada de presunta responsabilidad en operaciones con recursos de procedencia ilícita relacionados con el caso Agronitrogenados.

Sandra Leticia Robledo Magaña, titular del Juzgado Primero de Distrito de Amparo en materia Penal, argumentó que el mandamiento judicial que giró el juez de control Jesús Eduardo Vázquez Rea, es fundado y motivado, debido a la denuncia que presentó Araceli Cortez Hernández, apoderada legal de Petróleos Mexicanos (Pemex), además de la información del Departamento de Justicia y del Fiscal del Distrito Este de Nueva York, y de la Fiscalía General de Brasil.

Determinó que no se violó el derecho al debido proceso, ni los principios de libertad, legalidad y seguridad jurídica de Gilda Susana. “No asiste razón a la quejosa, en el sentido de que la autoridad judicial responsable viola su garantía de debido proceso, así como los principios de libertad, legalidad y seguridad jurídica, previstos en los artículos 14 y 16 constitucionales” ya que la responsable dio cumplimiento con las formalidades esenciales del procedimiento”.

Agregó que la representación social solicitó orden de aprehensión en contra de la quejosa, remitiendo para ello una relación de los hechos atribuidos, exponiendo las razones por las que consideró actualizadas las exigencias establecidas en el artículo 142 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

La impartidora de justicia apuntó que para la emisión de una orden como la reclamada, en el sistema penal acusatorio y oral, no es necesario ni se exige la acreditación de la existencia del cuerpo del delito y su probable responsabilidad, sino sólo es necesario establecer que se ha cometido un hecho determinado en la ley como delito y exista la probabilidad de que la indiciada lo cometió o participó en su comisión; de ahí, se llega a la conclusión, los datos de prueba expuestos por la Fiscalía y ponderados de forma correcta en el acto reclamado por la responsable, son suficientes para acreditar la existencia del hecho delictuoso” señala el expediente.

Según las indagatorias de la fiscalía, de junio a noviembre de 2012 se transfirieron más de 3 millones de dólares de la empresa Altos Hornos de México a una cuenta de la que es beneficiaria Gilda Susana, dinero que supuestamente se utilizó para la compra de una residencia en la colonia Lomas de Bezares, por lo que el Ministerio Público Federal pidió que se librara la orden de aprehensión contra la mujer como medida cautelar.

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