La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó, con efecto general, la prohibición de usar PET y unicel, que regía en Oaxaca, luego de que en el último año otorgó amparos a empresas como Femsa, dueña de Oxxo y Coca-Cola en México, donde los ministros señalaron que los gobiernos estatales y municipales no tienen atribuciones para suprimir el empleo de esos materiales.
Esos amparos sólo beneficiaban a las empresas quejosas, pero con la declaratoria general de inconstitucionalidad 8/2022, aprobada por mayoría de nueve votos en el pleno de ministros, las fracciones 11 y 12 del artículo 98, de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos del estado de Oaxaca, quedaron eliminadas del orden jurídico nacional, por lo que nadie podrá ser multado o sancionado de cualquier manera por usar dichos plásticos.
Las normas invalidadas prohibían vender, distribuir o emplear envases de un solo uso elaborado con tereftalato de polietileno (PET), así como poliestireno expandido (unicel), para contenedores de bebidas o como empaques.
“La Federación se ha decantado por permitir el uso, tanto del PET, y el unicel, otorgándole el tratamiento de aquellos provenientes de la naturaleza, como es el papel, cartón y vidrio; esto es, la política ambiental que se encuentra dirigida a reducir, reciclar y reutilizar el material, a través de mecanismos que permitan cumplir el objetivo de manera eficaz y eficiente”, afirmó el ministro ponente en este caso, Javier Laynez Potisek.
Contra este planteamiento la ministra presidenta, Norma Lucía Piña, sostuvo: “El Congreso de Oaxaca sí se encuentra facultado para prohibir la venta, distribución o empleo de envases [...] elaborados con PET y unicel, a partir de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos”.