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Política

2023-08-14 14:54

Anula SCJN ley de Oaxaca que prohibía uso de PET y unicel

Sede de la SCJN en la Ciudad de México. Marco Peláez / Archivo
Sede de la SCJN en la Ciudad de México. Marco Peláez / Archivo

Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prohibición establecida en Oaxaca para el uso de plásticos de un solo uso, como el PET de las botellas de refrescos y el unicel, reiterando su posición de que los gobiernos municipales o estatales no tienen facultades para emitir leyes que restrinjan el uso de dichos materiales.

Por mayoría de nueve votos, el pleno de ministros aprobó la declaratoria general de inconstitucionalidad 8/2022, que eliminó el artículo 98, fracciones XI y XII de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Estado de Oaxaca que prohibía vender, distribuir o emplear envases de un solo uso elaborado con tereftalato de polietileno (PET) así como poliestireno expandido (unicel), destinados a contenedores de agua u otras bebidas, o bien como empaques o envases.

“La Federación se ha decantado por permitir, tanto del tereftalato de polietileno que es el PET, Y el polietileno expandido unicel, otorgándole el tratamiento de aquellos provenientes, como es el papel, catón y vidrio; esto es, la política ambiental que se encuentra dirigida a reducir, reciclar y reutilizar el material, a través de mecanismos que permitan cumplir el objetivo de manera eficaz y eficiente”, afirmó el ministro ponente en este caso, Javier Laynez Potisek.

La SCJN ya ha otorgado amparos promovidos por empresas como Famsa., Coca-Cola, Oxxo y Propimex, en contra de normas que prohibían el PET y el unicel emitidas por los gobiernos municipales, como el de Culiacán, Sinaloa.

En agosto del año pasado también otorgó amparos contra la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos de Oaxaca, pero como los legisladores de ese estado no modificaron la norma, emitieron ahora esta declaratoria general de inconstitucionalidad, que la elimina del marco jurídico, con efectos generales, es decir, que la invalida, haciendo que no se pueda multar o sancionar de cualquier manera a nadie en esa entidad, por usar estos materiales plásticos.

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