Ciudad de México. Los jueces civiles del Poder Judicial de la Ciudad de México están facultados para llevar a cabo diligencias de apeo y deslinde para definir límites entre bienes inmuebles a solicitud de cualquier propietario, informó el juez 39 Civil, Isaac Ortiz Nepomuceno.
El impartidor de justicia, explicó, se apersona en el lugar para delimitar, ante la presencia de los propietarios colindantes, lo que corresponde a cada uno según sus escrituras y dejarlo asentado en un acta por escrito o una sentencia interlocutoria.
El acta o sentencia interlocutoria se emite por el impartidor de justicia cuando no hay oposición entre los propietarios de los inmuebles colindantes, pero en caso de una controversia ésta se tiene que dirimir por la vía de un juicio civil, indicó.
Aclaró que, los jueces están facultados para realizar las diligencias de apeo y delimitación sobre bienes inmuebles inscritos en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México, no sobre tierras ejidales o comunales.
Dichos procedimientos se inician a solicitud de uno de los propietarios, en los que no hay litis, y cuyo fin es limitar o delinear propiedades cuyos lindes con el paso del tiempo se traslapan.
“Algo particular de estas diligencias es que no hay litis, es una mera solicitud a la autoridad para que intervenga y el resultado sea incuestionable, incontrovertible para las partes, en la que acude el juez como tercero que define y delinea los linderos”, precisó.
Señaló que, ante la invasión del terreno de un propietario por algunos metros, se realiza la diligencia de apeo y deslinde, en la que se notifica a todos los propietarios de inmuebles colindantes, quienes pueden llevar a perito en la materia para ser asesorados.
“Hay veces que traen asuntos ya un poco avanzados, y hasta piden auxilio de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para que se haga una imagen satelital y poder medir bien con coordenadas muy fijas de los terrenos”, dijo.
El impartidor de justicia abundó que si se llega a un consenso entre los propietarios se hace la certificación, con lo que se procede con el apeo y el deslinde y dejar las marcas precisas para la delimitación de las propiedades.
Mencionó que, en dicho proceso incluso se puede citar a las autoridades de la alcaldía correspondiente, que puede auxiliar con planos y croquis en casos en los que está involucrada la vía pública.