Juan Pablo Gómez Fierro, juez segundo especializado en competencia económica, concedió los primeros tres amparos a empresas que impugnaron el acuerdo A/024/2021 de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), que define los precios máximos de gas LP.
Las autoridades federales pueden impugnar el fallo ante un tribunal colegiado.
El togado concedió la medida cautelar a las compañías Gasificadora del Norte y Distribuidora de Gas de Lagos luego de que el año pasado aceptó a trámite los recursos de amparo que fueron otorgado sólo contra tres modalidades de expendio al público de gas LP: bodegas de expendio, estaciones de servicio con fin específico y estaciones de servicio multimodal.
Las empresas rebatieron el cumplimiento a la directriz de emergencia para el bienestar del consumidor, emitida por la Secretaría de Energía.