El gobierno de México determinó que el conflicto en la Mina San Martín en Sombrerete, Zacatecas, está fuera del ámbito de aplicación del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) del T-MEC y se resolverá en instancias judiciales nacionales, una vez que este primero de agosto venció el plazo para definir si este conflicto laboral de16 años iría a esa instancia. El argumento es que los hechos ocurrieron antes de la entrada en vigor del T-MEC por lo que no entra al ámbito del mecanismo.
En un comunicado conjunto las secretarías del Trabajo y de Economía argumentaron que el conflicto en la Mina San Martín en Sombrerete, Zacatecas, “está próximo a una resolución final en instancias judiciales mexicanas al encontrarse fuera del ámbito de aplicación al MLRR del T-MEC”.
Precisaron que en el contexto de este mecanismo, el Gobierno de México envió al de Estados Unidos los resultados de la investigación sobre “la presunta denegación de derechos en perjuicio del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (Sindicato Minero) por parte de Grupo México, operador de la Mina San Martín en Sombrerete, Zacatecas”.
La solicitud de revisión solicitada a México por el gobierno estadounidense el 16 de junio está relacionada únicamente con la mina ubicada en San Martín, en Sombrerete, Zacatecas, precisaron.
Las dependencias recordaron que el conflicto comenzó en julio de 2007, cuando el Sindicato Minero estalló la huelga en la Mina y después de 16 años de litigio, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) emitió una resolución el 9 de junio de 2023, en la que dejo sin efectos el acuerdo dictado por esa misma autoridad el 23 de agosto de 2018, que daba por terminada la huelga a través de un convenio firmado entre Grupo México y una coalición de trabajadores.
El 14 de junio de 2023, la JFCA resolvió el juicio de imputabilidad de la huelga, dictando un laudo en favor del Sindicato Minero, el cual reconoce a éste como titular del contrato colectivo; declarando como responsable de causar la huelga a Grupo México, condenándolo a pagar salarios caídos y prestaciones y dando por terminada la huelga.
Las dependencias dijeron que de los resultados de la investigación del Gobierno de México sobre la “presunta denegación de derechos se desprende que el conflicto se encuentra fuera del ámbito de aplicación del MLRR conforme al principio de irretroactividad de la Ley”. Lo anterior, dado que el conflicto de huelga inició en 2007 y los demás hechos que el Sindicato Minero señala como causas de denegación de derechos sucedieron antes de 2020, año de la entrada en vigor del T-MEC y además “no existe evidencia de que la mina exporte mercancías a Estados Unidos”.