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Política

2023-07-14 06:00

Debe el INE analizar otra vez si aspirantes guindas violan la ley

Periódico La Jornada
viernes 14 de julio de 2023 , p. 8

En dos sesiones privadas, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por un lado, la orden al presidente Andrés Manuel López Obrador de abstenerse de hacer comentarios sobre temas electorales y, además, pidió un nuevo análisis para determinar si las giras de los aspirantes de Morena y aliados infringen la ley y que, en tal caso, las detenga.

En el primer caso, confirmó la instrucción de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) al mandatario de “abstenerse de realizar pronunciamientos, bajo cualquier modalidad o formato, sobre temas electorales en respeto a los principios de imparcialidad y neutralidad”.

Ese asunto tiene origen en una denuncia del PAN por las expresiones en la mañanera del 26 de junio pasado, en las que, de acuerdo con la queja, descalificó a la oposición y mostró apoyo a Morena.

El INE precisó que el mandatario ya había emitido señalamientos vinculados con temáticas electorales en las conferencias matutinas del 27 de marzo, 19 de abril; 9, 11, 15 y 24 de mayo frente a las cuales ya lo había conminado a ajustarse a los parámetros constitucionales.

Ante la impugnación promovida por el Presidente y su equipo de comunicación, la sala superior confirmó las medidas cautelares del INE bajo el argumento de que hay un “posible riesgo de afectar los principios constitucionales de los procesos electorales, aun cuando estos no hubiesen comenzado”, y por la reiterada conducta.

La medida “no se trata de una censura previa” sino del deber de cuidado del servidor público para preservar la imparcialidad y neutralidad de los procesos democráticos, añadió.

Respecto a las giras, el INE deberá hacer un nuevo análisis de las actividades de los aspirantes a la coordinación de los comités de defensa de la Cuarta Transformación que según las denuncias de la oposición son actos anticipados de precampaña y campaña por parte de Claudia Sheinbaum, Adán Augusto López, Marcelo Ebrard, Ricardo Monreal, Manuel Velasco y Gerardo Fernández Noroña.

En principio, el INE no otorgó medidas cautelares al considerar que los eventos y recorridos eran válidos en el contexto de la autoorganización de Morena.

Ante la impugnación, y a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales, el Tribunal Electoral determinó que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE “no cumplió con su deber de realizar un análisis preliminar de los hechos denunciados de manera individualizada para cada persona involucrada, a partir las pruebas ofrecidas por los denunciantes y las recabadas por la propia autoridad administrativa, a fin de establecer si, en apariencia del buen derecho, se justificaba la adopción de medidas cautelares”.

De encontrar la falta, le ordenó “dicte las medidas necesarias para detener los actos o hechos que podrían constituir una infracción, con el propósito de evitar daños irreparables a los principios que rigen los procesos electorales”.

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