Para los comicios de 2024, miles de personas privadas de su libertad, no sentenciadas, tendrán derecho a votar, según el resolutivo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de febrero de 2019, aunque en la prueba piloto, realizada en junio pasado, sólo participaron 10 por ciento de los potenciales electores.
Si las votaciones fueran hoy, las autoridades deberían organizar el sufragio de casi 100 mil ciudadanos recluidos, pero todavía con sus derechos políticos a salvo.
“En México estamos hablando de alrededor de 40 por ciento de las más de 200 mil personas que están en prisión; es decir, más de 90 mil personas en esta condición jurídica”, señaló Valentina Lloret, del Centro de Estudios y Acción para la Justicia Social, en un video divulgado por el Instituto Nacional Electoral (INE).
También en el programa Democracia en la Mesa, Ariadna González, consejera del instituto electoral de Hidalgo, la primera entidad que realiza prueba piloto y legisló el voto en prisión preventiva, explicó que en coordinación con las autoridades penitenciarias se obtuvo información relativa al voto potencial de mil 79 personas, internas en cinco centros.
Sin embargo, para ejercer este derecho únicamente 130 se inscribieron en la lista nominal y, de este grupo, votaron 116 (por la vía postal), ya que al final 13 cambiaron su situación jurídica y una persona decidió no sufragar.
Como parte de los preparativos de esta votación atípica, se envió una invitación personalizada y las respuestas afirmativas se canalizaron al INE para verificar datos e integrar la lista nominal.
Luego, en fecha previa a la jornada electoral, se recabaron los sufragios (por cierto, se extravió una boleta) y se preparó otra logística para el cómputo de los mismos. Las especialistas coincidieron en que hay distintos factores que inciden negativamente en esta baja participación.
Antecedente
El 20 de febrero de 2019, la Sala Superior del TEPJF determinó, por mayoría de votos, que las personas en prisión, no sentenciadas, tienen derecho a votar porque se encuentran amparadas por el principio de presunción de inocencia.
Así, para salvaguardar el derecho de las personas en prisión preventiva para las elecciones de 2024, el TEPJF ordenó al INE implementar una primera etapa de prueba y definir las características de ese voto.
El magistrado Reyes Rodríguez, uno de los que votó en contra, explicó su criterio durante una conferencia dictada en diciembre de 2020.
Dijo que “no se tomó en cuenta el impacto en el sistema electoral, el penitenciario y el judicial al ordenar al INE emitir estos lineamientos, por ejemplo tomar en cuenta la capacidad económica e institucional del organismo”.
Agregó que la prisión preventiva tiene un máximo de dos años y, en general, consideró que no había condiciones para hacer realidad el voto de los no sentenciados.
Por distintas consideraciones, comentó que a sus colegas les “faltó entender la historia del sistema electoral mexicano” y la situación de las prisiones en el país.
Por ello, anotó, la sentencia del TEPJF, aunque favorecedora de derechos, no contiene las suficientes consideraciones jurídicas y contextuales que garanticen los efectos deseables de la causa emprendida.