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Cultura

2022-10-12 06:00

INAH deberá notificar antes de intervenir territorios indígenas

Periódico La Jornada
miércoles 12 de octubre de 2022 , p. 5a

El pleno del Senado aprobó por unanimidad una modificación a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en la que se establece que, antes de realizar trabajos para descubrir o explorar monumentos arqueológicos en territorio indígena, el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) tiene que notificar con anticipación a los pobladores, a la autoridad del pueblo o a la respectiva comunidad.

De esta manera, destaca el dictamen avalado, se garantiza el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado.

En la reforma al artículo 30 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, se precisa que “si los monumentos se encuentran en lugares donde habitan comunidades y pueblos indígenas, se les deberá consultar su aprobación”.

También se resalta que el INAH debe informar a la autoridad legítima de la comunidad acerca de la naturaleza y alcances de los trabajos de investigación y exploración, así como las condiciones de limitación del acceso a los predios que, eventualmente, sean objeto de tales actividades, con lo que se atiende el criterio de la consulta a los pueblos y comunidades indígenas en los casos en que la actividad del Estado pueda causar impactos significativos en su vida o entorno.

Al presentar el dictamen al pleno, la presidenta de la Comisión de Asuntos Indígenas, Xóchitl Gálvez, refirió que a la fecha esas comunidades tienen ceremonias en las zonas arqueológicas; sin embargo, “el INAH los retira de esas zonas y los convierte en sitios abiertos al público, en los que se cobra, pero no bajo consentimiento de las comunidades, sino de forma unilateral”.

Asimismo, en la sesión ordinaria, el Senado aprobó otro dictamen cuyo fin es fomentar el establecimiento de librerías, bibliotecas y otros espacios públicos y privados para la lectura y difusión del libro en formato impreso, pero también electrónico o digital. En la reforma a la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, se establece que corresponde a la Secretaría de Educación Pública coadyuvar en el diseño, fomento y producción de libros y materiales didácticos, en formatos adaptados para personas con discapacidad, como Braille, libros lumínicos o cualquiera que atienda las diversas formas de discapacidad visual.

De igual forma, el pleno del Senado aprobó un dictamen por el que se establece el 7 de octubre de cada año como “El Día del Dibujante, la Caricatura y la Historieta”. Los tres dictámenes fueron remitidos a la Cámara de Diputados para continuar el trámite legislativo.

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