El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propuso negar el amparo a una asociación civil que impugna la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, por considerar que esta norma no supone limitaciones a los derechos de reunión, expresión, protesta, asociación o trabajo.
Se trata del amparo en revisión 30/2021 de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, la cual demanda la inconstitucionalidad de dicha regla, argumentado que generaba un “efecto inhibidor” en el ejercicio de sus derechos. Añadió que este efecto era “permanente y consustancial a la operación de la Guardia Nacional militarizada”.
Este amparo fue negado en primera instancia por el juzgado decimosegundo en materia administrativa, que consideró que la asociación carecía de interés legítimo, es decir, que la ley impugnada no lesionaba en realidad sus derechos.
Inconforme, la quejosa pidió la revisión ante un tribunal colegiado, que consideró que sí tenía interés legítimo, pero decidió remitir el asunto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues no existía jurisprudencia sobre el tema.
En el máximo tribunal el caso tocó en turno al ministro Gutiérrez, quien propone no otorgar el recurso.