Ciudad de México. Al menos nueve solicitudes de amparo para suspender la regulación de precios del gas licuado de petróleo (LP) que emitió la Comisión Reguladora de Energía (CRE), han sido negados de forma provisional o definitiva por el juzgado segundo de distrito en materia administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones.
Después de que el órgano regulador emitió en julio pasado el acuerdo /023/2022 por el que la CRE emite las disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para la determinación de precios máximos de gas LP objeto de venta al usuario final, diversas empresas han solicitado un amparo contra la disposición.
Las firmas del sector gasero –que no se hacen públicas en los expedientes– han acudido a los juzgados para frenar que se siga aplicando la medida que comenzó el 31 de julio de este año, aunque desde agosto de 2021 estableció el tope de precios debido al alza súbita que estaba registrando el combustible que es utilizado en ocho de cada 10 hogares del país.
Desde agosto hasta lo que va de septiembre, el juzgado de referencia ha recibido 18 solicitudes de amparo, de los cuales la mitad han sido negadas.
El titular de ese juzgado, Juan Pablo Gómez Fierro, quien ha sido señalado en diversas ocasiones por dictar sentencias a favor de empresas como Iberdrola, ha determinado no conceder la medida cautelar por “afectar el interés social”.
En la resolución del expediente 305/2022, el juez expone que en caso de concederse la suspensión provisional habría “un perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, debido a que se permitiría el alza de precios en relación con un artículo de primera necesidad o de consumo necesario, como lo es el gas licuado de petróleo”.
Sólo en lo que va del este mes, el juzgado tercero de distrito en materia administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, ha recibido otras 11 solicitudes, de las cuales seis han sido negadas.
El actual tope de precios de gas doméstico fue determinado por la CRE debido a la falta de condiciones de competencia efectiva en ese mercado y el alto nivel inflacionario que se ha observado en el país.
El ente regulador ha señalado en el acuerdo A/023/2022 que el objetivo es proteger los intereses de los usuarios de gas LP, pero una vez que existan mayores elementos que permitan continuar desarrollando eficientemente la industria de este combustible se modificará la metodología.
El año pasado la CRE emitió el acuerdo A/024/2021 para cumplir con la “Directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas LP”, que publicó la Secretaría de Energía (Sener), pero el tope de precios fue prolongado seis meses bajo el acuerdo A/024/2021.
Ahorro de $26 mil millones
De acuerdo con el ente regulador, desde la puesta en marcha del tope de precios máximos del energético, en agosto del año pasado hasta julio de 2022, los hogares han obtenido un ahorro de más de 26 mil millones de pesos.
Los dos acuerdos emitidos previos al actual también sido llevados a juzgados para ser frenados por parte de diversas empresas distribuidoras, como Zeta Gas, pero las instancias han negado la suspensión de la medida.