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Política

2022-09-23 06:00

Reunión de Sheinbaum y morenistas de Edomex no fue acto anticipado de campaña, determina TEPJF

Periódico La Jornada
viernes 23 de septiembre de 2022 , p. 11

La sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) señaló que una reunión realizada en el palacio de gobierno de la Ciudad de México y su difusión en redes sociales no fue acto anticipado de precampaña o campaña.

Ante una queja del Partido de la Revolución Democrática contra la jefa del Gobierno capitalino, Claudia Sheinbaum, y personajes del estado de México afiliados a Morena, los magistrados expusieron que las publicaciones aludidas no contenían apoyo a una candidatura o llamados al voto para los comicios locales en 2023 o la presidencial de 2024. Tampoco, indicaron, son conductas sancionables porque todavía no comienzan tales procesos electorales.

En la sesión pública de este jueves, la sala especializada determinó también que el encuentro –y su difusión– no constituyó promoción personalizada. En la reunión estuvieron Delfina Gómez, Higinio Martínez y Horacio Duarte, en ese momento servidores públicos vinculados al proceso de definición del candidato morenista a la gubernatura del estado de México.

En el proyecto de resolución aprobado no se advirtió sobre exaltación de promesas, logros o acciones de gobierno ni se comprobó el uso indebido de recursos públicos para realizar el encuentro divulgado en redes sociales, así como en medios de comunicación en los que se incluyeron conclusiones subjetivas.

Por otra parte, el TEPJF declaró que Myrna Flores, diputada local en Tamaulipas, quebrantó las reglas de difusión y promoción del proceso de revocación de mandato atribuida por declaraciones a la prensa en contra de la consulta ciudadana.

En otro tema, la sala determinó que se vulneraron las reglas de propaganda por la inclusión de la imagen de una niña en un promocional pautado por el Partido del Trabajo, sin contar con los requisitos relacionados con la protección de los derechos de los menores, por lo que se multó a esa fuerza política con 14 mil 433 pesos.

Las resoluciones de esta instancia especializada pueden ser impugnadas ante la sala superior del TEPJF.

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