El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) confirmó la resolución de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) que obliga al ex rector de la Universidad Autónoma de Morelos (UAEMor), Alejandro Vera Jiménez, prófugo de la justicia, resarcir a la hacienda pública 39 millones 159 mil pesos, debido a irregularidades detectadas luego de la firma de un convenio en 2013 entre esa casa de estudios y la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), dentro del esquema conocido como la Estafa Maestra.
Por mayoría de siete votos, la Sala Superior aprobó el proyecto de la magistrada Zulema Mosri Gutiérrez, quien propuso declarar infundados los argumentos de Vera Jiménez, toda vez que no se comprobó que el dinero fuera utilizado para proporcionar el material de apoyo para los promotores de la Cruzada Nacional contra el Hambre que se implementó en 400 municipios.
El daño a la hacienda pública deriva de la firma del apéndice 2 del anexo técnico 1 del Convenio del 6 de mayo de 2013 celebrado entre la Sedesol, cuando estuvo al frente Rosario Robles Berlanga y la UAEMor.
Una firma sustenta imputación de responsabilidad
“La hacienda pública federal fue dañada porque los recursos federales del apéndice 2 fueron ejercidos para bienes y servicios que no tienen relación con la Cruzada Nacional Contra el Hambre por los servicios de asesoría especializada en materia de difusión y promoción social, así como los relativo a la implementación y seguimiento de la asesoría en materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, es evidente que no están vinculadas directa o indirectamente con las personas que viven en las condiciones de pobreza multidimensional extrema y que presentan carencia de acceso a la alimentación”.
Al respecto, la magistrada Mosri Gutiérrez reiteró que fue ilegalmente subcontratado el 85.88 por ciento del apéndice 2 es decir, en contravención del artículo 1, antepenúltimo y penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del sector público así como del Artículo cuarto de su reglamento, “pues si es subcontratado más del 49 por ciento implica que el apéndice sería cumplido en porcentaje mayor por un proveedor particular, lo cual implica que la universidad no tenía capacidad legal, técnica ni humana para cumplirlo y en consecuencia que una forma mediante la cual se eludieron las reglas del artículo 134 constitucional”.
Agregó que también hubo incongruencia de temporalidad ya que la Sedesol indicó que el 9 de septiembre y el 28 de octubre de 2013 recibió los entregables, sin embrago fue hasta el 15 de noviembre de ese año cuando la universidad inició la subcontratación de esos servicios y el 29 de noviembre firmó el contrato con el particular para cumplir con esos servicios.
“Concluimos que el actor sí es responsable en materia resarcitoria, porque firmó el apéndice 2, pues esa rubrica es la que causó el daño a la hacienda pública federal, pues si no se hubiese realizado, no se habrían desviado los recursos federales mediante los servicios que no están vinculados a la Cruzada Nacional Contra el Hambre los cuales fueron subcontratados ilegalmente y carecen de materialidad”.
“Asimismo, la firma del actor sustenta la imputación de responsabilidad resarcitoria, porque firmó el apéndice en el cual están descritos servicios que no están vinculados con esa cruzada aunado a que instruyó al director general de proyectos especiales a que realizaran los procedimientos de contratación para cumplir lo pactado con la Sedesol, ello a pesar de que comunico a la Sedesol que la universidad tenía capacidad para cumplir lo convenido”.