En la audiencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coridh) sobre el caso de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, quienes permanecieron en prisión preventiva oficiosa por más de 17 años por su presunta participación en el asesinato en 2001 de María de los Ángeles Tamez Pérez, ex regidora de Atizapán, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) enfatizó la necesidad de eliminar de la Constitución dicha figura y la del arraigo.
El Estado mexicano respondió que el país se encuentra en revisión de esta medida cautelar, lo que es “reflejo de una democracia sólida”.
En Brasilia, la comisionada Esmeralda Arosemena, de la CIDH, expuso que Daniel y Reyes sufrieron detención arbitraria, que viola el principio de inocencia. Recordó a la Coridh que este tribunal señaló en el caso Montesinos versus Ecuador que “una figura que faculta la detención basada en la gravedad del delito y presunta responsabilidad de las personas es inconvencional, pues implica una detención arbitraria contraria a la presunción de inocencia”.
Rememoró que la Coridh ya ha requerido la adecuación del marco constitucional, como en el caso Olmedo Bustos versus Chile. Y subrayó “la importancia de que la Corte en su sentencia haga implícito que las restricciones constitucionales no pueden prevalecer sobre la Convención Americana ni la interpretación de este mismo tribunal si son éstas más protectoras”.
La representación del Estado, encabezada por el consultor jurídico de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Alejandro Celorio, precisó que la figura del arraigo está “como reminiscencia en la Constitución para casos de delincuencia organizada”. Sobre la prisión preventiva oficiosa, retomó que hay dos proyectos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la inconvencionalidad e inconstitucionalidad.
Si bien destacó que ello es una oportunidad para avanzar en el ajuste con los compromisos internacionales, enfatizó que la posición del Ejecutivo federal es “evaluar, reflexionar y atender la necesidad de estas figuras por el contexto de inseguridad, de percepción de impunidad, en el sentido de la sustracción de ciertos individuos de la acción de la justicia, de la posibilidad de que la corrupción llegue a los operadores de justicia o incluso amenazas a su vida, a su integridad o a la de sus seres cercanos”.