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2022-08-16 13:39

Invalida SCJN ley que permitía privatización del servicio de agua en BC

La presa Morelos en el Valle de Mexicali, el cual provee de agua a los municipios de Ensenada y Tijuana.
La presa Morelos en el Valle de Mexicali, el cual provee de agua a los municipios de Ensenada y Tijuana. Foto Cuartoscuro / Archivo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el acuerdo del gobierno de Baja California, que fue impulsado por su ex gobernador, Jaime Bonilla, para trasladar el servicio de agua potable a los municipios del estado, junto con los adeudos existentes, permitiéndoles además privatizar la administración de la red.

En un primer momento, el pleno de ministros resolvió las acciones de inconstitucionalidad 119/2021 y 128/2021, promovidas por diputados estatales, impugnando el decreto 289, emitido el 29 de julio de 2021, por el cual se modificaron Ley que Reglamenta el Servicio de Agua Potable y la Ley Orgánica de la Administración Pública de la entidad.

El ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, señaló que durante el proceso legislativo para aprobar este decreto no se cumplió con los términos del artículo 115 de la Constitución, que ordenan consultar a los municipios cuando se vaya emitir alguna norma general que los afecte directamente.

Además, expuso, se violó el proceso legislativo al no entregar a los diputados el proyecto de dictamen, por lo menos tres días antes de su votación.

“El referido vicio de procedimiento incidió negativamente en los principios democráticos que debe observar el Poder Legislativo, al no darle participación a los municipios, a través de sus ayuntamientos, en la deliberación de reformas legales que tienen una injerencia directa en sus funciones constitucionales, violándose, por consecuencia, lo dispuesto en el artículo 115”, señaló Pérez Dayán.

Ocho de los ministros del pleno votó por reconocer estas violaciones al proceso legislativo, con lo cual se invalidó completamente el Decreto 289, anulando todos sus efectos legales.

En consecuencia, las controversias constitucionales promovidas por los municipios de Mexicali, Tecate y Playas de Rosario, impugnando el mismo decreto, se declararon sobreseídas, puesto que el ya se había fallado la inconstitucionalidad de esa reforma.

Los efectos de la resolución de la SCJN serán inmediatos, a partir de que se notifique al Congreso y al gobierno de Baja California.

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