La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reiteró su defensa a la acción de inconstitucionalidad que promovió en julio contra las reformas aprobadas recientemente por el Congreso de Yucatán, que impiden a un deudor alimentario moroso postularse como candidato independiente por un cargo público de elección popular, integrante del pleno del Instituto de Transparencia del estado, titular de una dependencia pública o por la presidencia de la Comisión de Derechos Humanos local.
Tras afirmar que “el organismo no defiende a los deudores alimentarios”, argumentó que la medida “podría poner en riesgo la satisfacción plena de la obligación alimentaria y atentar contra el interés superior de la infancia y adolescencia”, ya que “impide al deudor acceder a medios con los que pueda dar cabal cumplimiento a sus deberes”.
La CNDH “considera que para lograr la pretendida finalidad se pudo optar por medidas menos lesivas, estigmatizantes y que no pusieran en riesgo ningún derecho fundamental”.
A la par, indicó que la motivación del recurso de inconstitucionalidad es que las leyes que fueron reformadas por el Congreso local se ajusten a los derechos humanos reconocidos en la Constitución federal, “y evitar que se exijan requisitos, para cualquier cargo o empleo, que no se sustenten en aptitudes, idoneidad o conocimiento para la adecuada ejecución de la labor que corresponda”.
Insistió que para desempeñar un trabajo se debe privilegiar el mérito personal y la capacidad profesional por medio de mecanismos objetivos de selección. En tanto, dijo, existen otros medios para hacer cumplir las obligaciones alimentarias, como procesos legales y la imposición penal.
En el caso de la prohibición para candidatos independientes, la prohibición es “injustificada” porque “no existe ninguna relación entre el adecuado desempeño del cargo y el cumplimiento de las obligaciones alimentarias”, agregó la comisión.