El juez primero de distrito en el estado de Yucatán, Adrián Fernando Novelo Pérez, mantiene vigente la autorización ambiental aprobada por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y las constancias de uso de suelo emitidas por los ayuntamientos de Solidaridad y Tulum, que permitirían continuar los trabajos del tramo 5 del Tren Maya.
A través de la página del Consejo de la Judicatura Federal se dio a conocer una nueva resolución dentro del juicio de amparo 884/2022, en el cual organizaciones civiles pretendían que se dictara una suspensión provisional que detuviera los efectos de la autorización ambiental, la cual tiene como condiciones informar del impacto ecológico que tendrán la obra y las labores que se realizarán para mitigar el efecto causado; también pedían que se suspendieran las autorizaciones para el uso de suelo.
En la lista de acuerdos se informó que con motivo de la ampliación de la demanda de amparo, se promovió una solicitud para que se emitiera una suspensión provisional en contra de los efectos de oficio número SGPA/DGIRA/DG-03703-22, del pasado 20 de junio, en cuyos términos la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Semarnat “autorizó de manera condicionada el proyecto denominado Manifestación de Impacto Ambiental Modalidad Regional del Proyecto Tren Maya Tramo 5 sur, con clave ambiental 23qr2022v0020, sus efectos y consecuencias”.
Asimismo, rechazó la petición de los solicitantes del amparo para frenar los oficios por los que se autoriza el uso de suelo “por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano y Fisonomía del palacio municipal, del municipio de Solidaridad, Quintana Roo, emitida en términos del oficio No. SOTMyS/DDUyF/SPU/0273/2022, de fecha 26 de mayo de 2022, y por parte de la Dirección General de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable del municipio de Tulum, Quintana Roo: la constancia de uso de suelo emitida en términos del oficio No. DGDTUS/048/22 de fecha 16 de mayo de 2022”.
De manera concreta, el juez señaló: “Se niega a la parte quejosa la suspensión provisional que solicita respecto de los actos que reclama, consistentes en la emisión del oficio que contiene la autorización condicionada para la ejecución del proyecto denominado Manifestación de Impacto Ambiental Modalidad Regional del Proyecto Tren Maya Tramo 5 sur, así como las constancias de uso de suelo citadas, toda vez que se tratan de actos declarativos, que no tienen un principio de ejecución, pues únicamente se limita a evidenciar una situación jurídica, por lo que no ha lugar a conceder la medida cautelar solicitada”.