Mazatlán, Sin., El Congreso de Sinaloa aprobó reformas al Código Penal de la entidad para tipificar como delito grave el robo de camarón y de otras especies marinas producidas en granjas acuícolas u obtenidas mediante la pesca, como el citado crustáceo, mojarra, tilapia y ostión.
El diputado priísta Feliciano Valle, uno de los impulsores de la propuesta, comentó que ésta se debió a que en cada temporada se despoja a pescadores de miles de toneladas de productos, ya sea mediante robos hormiga o en asaltos armados que ponen en peligro la integridad de los trabajadores.
Agregó que los productores enfrentaban problemas ante el Ministerio Público al presentar denuncias porque estos robos no estaban expresamente tipificados en el Código Penal.
Valle destacó que en Sinaloa la infraestructura de la industria pesquera incluye 902 granjas de camarón, 119 de tilapia y 62 de ostión, que generan más de 8 mil empleos directos en zonas de alta marginación.
Añadió que en el estado laboran 11 mil 455 acuicultores organizados de 57 comunidades, quienes en 2021 obtuvieron 94 mil 702 toneladas de camarón, lo que posicionó a la entidad como el quinto productor nacional del crustáceo en esteros, según el Comité Estatal de Sanidad Acuícola.
Los legisladores locales del Partido Revolucionario Institucional (PRI) Gloria Himelda Félix y Feliciano Valles, dos ciudadanos, así como representantes de la Confederación de Organizaciones Acuícolas del Estado de Sinaloa y la bancada de Morena, presentaron las iniciativas que aprobaron las comisiones unidas de Pesca y Justicia del Congreso local.
Hasta 10 años de prisión
Los cambios al Código Penal se turnaron para su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa. Una vez que esto ocurra, entrarán en vigor las sanciones de dos a 10 años de prisión cuando el robo se cometa en instalaciones acuícolas de cultivo, almacenamiento, procesamiento, empaque y transportación de productos del mar, lo mismo que de cualquier producto proveniente de las labores acuícola y pesquera.
Los cambios se hicieron a las fracciones 9 y 20 del artículo 204 del Código Penal del estado al 205, fracciones 6 y 7, y al artículo 237, párrafo segundo. También se adicionó la fracción 11 al artículo 204, y la fracción 8 al 205.