Ciudad de México. El Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica otorgó nueve días más a la transnacional española Iberdrola Energía Monterrey (IEM) para que garantice la multa de nueve mil 145 millones de pesos que le impuso la Comisión Reguladora de Energía (CRE), en mayo pasado por vender a terceros en forma ilegal energía generada bajo la figura de autoabastecimiento.
El juez Ramón Lozano Bernal decidió mantener vigente la suspensión definitiva que le concedió a la empresa hace dos semanas a pesar de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la CRE solicitaron al togado revocar la medida cautelar, pues argumentaron que la firma española exhibió las cartas de crédito por internet y no de manera física para que la suspensión continúe surtiendo efectos.
El impartidor de justicia argumentó que Iberdrola acudió a las instalaciones de la Administración Desconcentrada de Recaudación del SAT para cumplir con el mandato judicial, sin embargo, se encontraban cerradas debido al periodo vacacional, ya que se declararon como días inhábiles para la autoridad fiscal del 18 al 29 de julio de este año, correspondientes a su primer periodo de asueto. Por ello, la empresa llevó a cabo el trámite por internet.
“En ese sentido, este juzgador tuvo por acreditada la buena fe con que se condujo la quejosa, en tanto que hizo todo lo que estuvo a su alcance para garantizar el interés fiscal como requisito de eficacia para que la suspensión definitiva decretada continuara surtiendo sus efectos” señala el resolutivo del juez.
Lozano Bernal concluyó que “se estimó conducente descontar al plazo de los cincos días que le fueron otorgados para efecto de exhibir la garantía, los días que corresponden al periodo vacacional de la autoridad fiscal ya mencionada; por lo que (Iberdrola) deberá garantizar el interés fiscal determinado, a partir del 1 de agosto al 5 del mismo mes y año”.
A finales de mayo, la CRE aprobó la RES/466/2022, la cual multa a Iberdrola Energía Monterrey (IEM), titular del permiso de generación de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento E/205/AUT/2002, luego de que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) señaló a la firma privada de cobrar por la electricidad que generaba en la planta.
La empresa española impugnó en junio la sanción que le impuso la CRE por la venta ilegal de energía a los más de 500 socios que tiene en la planta Dulces Nombres, la cual se ubica en Pesquería, Nuevo León.
Por ello, el juzgado tercero de distrito en materia administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, le concedió la suspensión definitiva a la trasnacional, que mantiene congelada la multa histórica.