El Senado debe revisar la estrategia de seguridad pública, por mandato constitucional de la reforma de 2014, refiere el Instituto Belisario Domínguez (IBD), en el análisis “Facultades del Senado en el seguimiento y control de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública”. En ese documento se destaca que más allá de censurar o respaldar la actuación del gobierno, el estudio debe orientarse hacia la política pública de seguridad en los estados y analizar los resultados, identificar las impresiones que han dificultado el ejercicio de control, así como la falta de normas que establezcan cómo debe analizarse dicha estrategia.
La intervención del Senado, en el análisis de la estrategia de seguridad pública más allá de censurar o respaldar la actuación del gobierno, debe orientarse hacia estudiar y afinar la política pública de seguridad, representando a las entidades que integran a la Federación en el reconocimiento de las acciones que están dando resultados y las que no, el análisis de los temas urgentes por resolver, así como en la formulación de recomendaciones que permitan incrementar la incidencia y efectividad de la intervención pública que tiene por objeto garantizar la seguridad y el orden.
Desde hace 15 años, México vive una crisis de violencia e inseguridad caracterizada por el incremento de los delitos de alto impacto, como el homicidio, el secuestro, la extorsión; la pérdida de control territorial del Estado en varias zonas del país, entre otros fenómenos de violencia que lastiman a la sociedad y retan constantemente la capacidad disuasiva del Estado para evitar que se cometan delitos contra el patrimonio, las libertades y la vida de las personas, se apunta en el análisis.
Hoy en día, la seguridad pública constituye la prioridad número uno para la mayoría de la población, por encima de cuestiones como el desempleo, la pobreza, la corrupción y la pandemia, resalta el análisis del IBD. De acuerdo con el Inegi, siete de cada 10 personas se sienten inseguras en la ciudad en donde viven y seis de cada 10 consideran la inseguridad como el problema más preocupante que aqueja al país.
Se detalla en el estudio del IBD que el decreto aprobado por el Constituyente en 2014 estableció en el artículo 69 constitucional que el titular del Ejecutivo federal tendría que enviar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública (ENSP) al Senado en el momento de la apertura del segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso del primer año de su mandato (es decir, el 1º de febrero), teniendo que ser aprobada en un plazo definido por la ley.
En el artículo 76, por su parte, se agregó la aprobación de la ENSP dentro de las facultades exclusivas del Senado. Posteriormente, la reforma constitucional que dio origen a la Guardia Nacional (DOF 26/03/2019) precisó que la secretaría del ramo de seguridad pública sería la dependencia del Ejecutivo federal encargada de formular la ENSP.
Se revela en el análisis que, hasta la fecha, el Congreso no ha aprobado una reforma a la ley reglamentaria, en este caso, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para precisar cuál es el plazo con el que cuenta el Senado para aprobar la ENSP. Este vacío normativo no abona a la certeza sobre los tiempos en que debe ser discutida, los procedimientos parlamentarios que deben seguirse, ni tampoco respecto al momento en que aplicaría la afirmativa ficta.