La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a los titulares de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Luis Cresencio Sandoval, y de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, por desaparición forzada y tortura en agravio de una víctima, cometidas por su personal en 2009 en Chihuahua; así como omisiones en la investigación del caso.
La víctima envió a la CNDH un escrito de queja el 5 de diciembre de 2018, en el que relató que el 5 de marzo de 2009, elementos del Ejército que se encontraban en el patio de su domicilio lo sometieron “a base de golpes y lo sacaron” de su vivienda mientras le preguntaban por el paradero de una persona que el afectado no conocía.
Según los dichos del denunciante, fue trasladado a instalaciones de la Compañía de Infantería No Encuadrada donde fue sometido a diversos actos de tortura por parte de los elementos aprehensores. Estos lo mantuvieron retenido por 33 días hasta que, finalmente, fue puesto a disposición de la delegación de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) en Chihuahua, en calidad de imputado, pues se le atribuía la portación de 10 kilogramos de marihuana y armas de uso exclusivo del Ejército.
La víctima permaneció un año recluido en un centro penitenciario por los delitos que se le imputaban, hasta que el procedimiento fue resuelto en su favor con una sentencia absolutoria.
Durante la investigación, la CNDH encontró diversas contradicciones en las declaraciones de tres elementos del Ejército que supuestamente aprehendieron a la víctima. Por su parte, la persona al mando de la Compañía de Infantería negó la participación de su personal en la desaparición de la víctima; sin embargo, se detectaron inconsistencias que confirmaron su responsabilidad en los hechos.
Además, presentó un certificado médico en el que se indicaba que la víctima fue explorada en las instalaciones de la Compañía de Infantería y se le determinaba como “sano y sin huellas de violencia”, lo cual no coincidió con lo presentado por peritos que lo examinaron dos días después de ser llevado ante la PGR, quienes señalaron que la víctima contaba con lesiones acordes a su relato y afectaciones psicológicas como estrés postraumático, ansiedad y disfunciones cognoscitivas, entre otras.
Respecto a la actuación del personal de la PGR, la CNDH determinó que la persona servidora pública a cargo no realizó ninguna gestión relativa a la búsqueda de la víctima cuando sus familiares denunciaron su desaparición.
Ante tales hechos, en la Recomendación 64VG/2022, la CNDH solicitó a la Sedena y a la FGR que se proceda a la inmediata reparación integral del daño, que colaboren ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que la Comisión Nacional presente ante la fiscalía por este caso.
También pidió que ambas instituciones diseñen e impartan un curso de capacitación integral y de formación en materia de derechos humanos, respectivamente, dirigidos a los integrantes de la Compañía de Infantería de la Sedena, con especial énfasis en prevenir y erradicar los delitos previstos en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición cometida por Particulares, así como sobre la prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.