Zacatecas, Zac., El magistrado Uriel Márquez Cristerna fue denunciado por el Colectivo Nacional Anticorrupción ante el órgano interno de control del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Zacatecas (TJA) para que se investiguen presuntas faltas graves.
El abogado Jorge Rada Luévano explicó que Márquez Cristerna, primo hermano del ex gobernador priísta Alejandro Tello Cristerna (2016-2021), fue coordinador general jurídico de ese gobierno.
Actualmente emite resoluciones sobre conflictos administrativos en diversas secretarías estatales en las que él tenía autoridad para emitir órdenes y resoluciones.
Por esa razón, expuso, “debe investigarse de manera urgente, toda vez que el conflicto de interés es considerado en la ley estatal una falta grave. Compete a ese órgano interno de control indagar y, en su caso, sancionar al servidor público”.
Señaló además que el magistrado ha conocido asuntos que debió evitar por estar impedido y ha emitido resoluciones que presuntamente responden “a sus propios intereses”.
Un ejemplo, refirió, es el caso de Salvador Durón López, quien en febrero de 2021 promovió un juicio contencioso administrativo relacionado con un dictamen técnico y una notificación de fallo sobre una licitación pública de la Secretaría de Administración estatal.
Durón López impugnó el fallo ante la Secretaría de la Función Pública; sin embargo, Sonia González de Luna, subsecretaria de Responsabilidades de la dependencia, ratificó el resultado de la licitación el 15 de diciembre de 2020.
El afectado interpuso un recurso de inconformidad ante el TJA en marzo de 2021, “que fue admitido a trámite por la ponencia del magistrado Uriel Márquez Cristerna, asignándosele el número de expediente TJA/032/2021-II; esto quiere decir que a la fecha en que fue admitido dicho juicio aún era gobernador su primo, Alejandro Tello Cristerna, y hace evidente el latente conflicto de interés”, se explica en la demanda.
En el juicio TJA/032/2021-II, Uriel Márquez dictó sentencia definitiva el 17 de junio de 2022, en la cual se reconoció la validez de los actos impugnados; es decir, falló en contra del particular y en beneficio del gobierno del estado.