Un juez federal en materia de competencia económica concedió la suspensión definitiva a una empresa proveedora de gas que impugnó el acuerdo A/024/2021 de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), que define la regulación de precios máximos de gas LP.
El juzgado primero de distrito en materia administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, concedió la medida cautelar a la compañía luego de que el pasado 4 de abril aceptó a trámite el recurso de amparo. Además, el promovente señaló que la medida de las autoridades viola los artículos constitucionales 14 y 16, 28 y 33.
La empresa rebatió el cumplimiento a la directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas licuado de petróleo, emitida por la Secretaría de Energía (Sener), a fin de proteger los intereses de los usuarios finales, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de julio de 2021 y su ejecución con las tablas de precios máximos mostradas en la página electrónica de dicha autoridad.
Sin embargo, la Sener, por conducto de Wolgfang Javier Aceves Zavala, director de lo contencioso adscrito a la Unidad de Asuntos Jurídicos, interpuso un recurso de queja contra el auto del 8 de abril de 2022, en el que se determinó admitir a trámite la demanda de amparo.
El caso se turnó a un tribunal colegiado en la materia, el cual determinará en los próximos días si afirma, modifica o revoca el fallo del juez federal de primera instancia.
A finales del año pasado, otro juez en la materia negó la suspensión definitiva a seis gaseras que impugnaron el acuerdo A/024/2021. El impartidor de justicia argumentó que de conceder la medida cautelar se seguiría el perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público.