Santiago. La Convención Constitucional chilena, tras un año de sesionar incesante, acordó un texto de 388 artículos permanentes y 57 transitorios, que propone un país sustancialmente diferente a la sociedad neoliberal que hoy prevalece, remplazándola por un Estado proveedor de derechos sociales que ahora son negocios privados y apenas una expectativa para cada quien, dependiendo de la capacidad financiera para adquirirlos en el mercado.
“Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural, regional y ecológico. Se constituye como una república solidaria. Su democracia es inclusiva y paritaria. Reconoce como valores intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza. La protección y garantía de los derechos humanos individuales y colectivos son el fundamento del Estado y orientan toda su actividad. Es deber del Estado generar las condiciones necesarias y proveer los bienes y servicios para asegurar el igual goce de los derechos y la integración de las personas en la vida política, económica, social y cultural para su pleno desarrollo”, reza el artículo primero.
Esboza otro concepto de nación, escapando del neoliberalismo brutal que impuso la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), prácticamente sin cambios desde hace 40 años, afianzada por gobiernos democráticos que fallaron o rehuyeron concretar reformas que alteraran su quintaesencia.
La propuesta será sometida a ratificación en un plebiscito de participación obligatoria a realizarse el 4 de septiembre. Según encuestas variopintas, se ve difícil aprobarla: amén de ciertas exageraciones y maximalismos que intentaron ciertos convencionistas, finalmente descartados, las élites intelectuales, empresariales y políticas que monopolizan la toma de decisiones en Chile, escandalizadas y enrabiadas por la pérdida de poder y la democratización del mismo, están enfrascadas en una campaña para hacerla fracasar, sin escatimar dinero ni mentiras. Furiosas, hablan de una Constitución revanchista, separatista y partisana.
No sólo nunca antes en la historia del país un texto constitucional fue redactado en una convención paritaria, de 154 integrantes electos democráticamente, sino que la mayoría de ellos no eran de los partidos políticos, sino ciudadanos independientes, personas comunes y corrientes, desconocidas nacionalmente pero reconocidas en sus territorios y legitimadas por organizaciones de base.
Emergió en la Convención un Chile oculto, el país carenciado y agobiado por la impronta del neoliberalismo, el de la diversidad y las minorías aplastadas, la sociedad que detesta la mercantilización de la vida cotidiana y la exclusión en la toma de decisiones.
Algunos botones de muestra
El artículo quinto repara el negacionismo histórico respecto de los pueblos primeros: “Chile reconoce la coexistencia de diversos pueblos y naciones en el marco de la unidad del Estado. Son pueblos y naciones indígenas prexistentes los mapuche, aymara, rapanui, lickanantay, quechua, colla, diaguita, chango, kawésqar, yagán, selk’nam y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establezca la ley”, dice. Agrega que el Estado deberá “respetar, promover, proteger y garantizar el ejercicio de la libre determinación, los derechos colectivos e individuales de los cuales son titulares y su efectiva participación en el ejercicio y distribución del poder, incorporando su representación política en órganos de elección popular a nivel comunal, regional y nacional, así como en la estructura del Estado, sus órganos e instituciones”.
La equidad en la diferencia queda también inscrita: “El Estado promueve una sociedad donde mujeres, hombres, diversidades y disidencias sexuales y de género participen en condiciones de igualdad sustantiva, reconociendo que su representación efectiva es un principio y condición mínima para el ejercicio pleno y sustantivo de la democracia y la ciudadanía. Todos los órganos colegiados del Estado, los autónomos constitucionales, los superiores y directivos de la administración, así como los directorios de las empresas públicas y semipúblicas, deberán tener una composición paritaria que asegure que, al menos, 50 por ciento de sus integrantes sean mujeres”.
También establece la brutalidad de la dictadura, cuando en el capítulo acerca de derechos fundamentales y garantías, señala que “las víctimas y la comunidad tienen derecho al esclarecimiento y conocimiento de la verdad respecto de graves violaciones a los derechos humanos, especialmente cuando constituyan crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, genocidio o despojo territorial”, agregando que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles e inamnistiables.
En cuanto a derechos sociales explícitos, se consagra la creación de un sistema nacional para diseñar y ejecutar programas destinados a atender las necesidades de trabajo, educación, vivienda, salud y cuidado, señalando entre otros los derechos a la vida, la igualdad, el buen trato a las infancias, a las personas discapacitadas y adultos mayores, el acceso al agua, los derechos lingüísticos, autonomía y autogobierno de pueblos originarios, libertad de enseñanza, etcétera.